Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2009 (16/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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Encargan funciones de Director de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05 - San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0296-2009-ED MORDAZA, 15 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0014-2006ED, se designo a don MORDAZA MORDAZA Rossi MORDAZA, como Director de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05 - San MORDAZA de Lurigancho, cargo considerado de confianza; Que, el numeral 5) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones de los Ministros de Estado el designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida a partir de la fecha de la presente Resolucion, la designacion de don MORDAZA MORDAZA Rossi MORDAZA, como Director de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05 - San MORDAZA de Lurigancho, cargo considerado de confianza. Articulo Segundo.- Encargar a partir de la fecha de la presente Resolucion, a don MORDAZA MORDAZA Alza MORDAZA, las funciones de Director de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 05 - San MORDAZA de Lurigancho, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 410281-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan seguridades y garantias no financieras del Estado en respaldo de declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, en el Contrato de Concesion del Refuerzo del Sistema de Transmision Sur Medio: Linea de Transmision Independencia Ica
DECRETO SUPREMO N° 069-2009-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1012 de fecha 13 de MORDAZA de 2008, se aprobo la Ley MORDAZA de las Asociaciones Publico - Privadas para la generacion de empleo productivo y se dicto normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada; Que, mediante Decreto Supremo Nº 146-2008-EF de fecha 09 de diciembre de 2008, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012; Que, con fecha 20 de febrero de 2009, se emitio la Resolucion Suprema N° 011-2009-EM, ratificando la Resolucion Viceministerial N° 001-2009-MEM/VME, mediante la cual se incorpora al MORDAZA de promocion de la inversion privada, se aprueba la modalidad a emplearse

y el plan de promocion del Proyecto Linea de Transmision Independencia-Ica 220 KV; Que, mediante Resolucion Vice-Ministerial N° 002-2009MEM/VME de fecha 24 de febrero de 2009, se aprobo las Bases del Concurso Publico Internacional en la modalidad Proyecto Integral para otorgar en concesion el proyecto: Refuerzo del Sistema de Transmision Sur Medio: Linea de Transmision Independencia - Ica, 220 KV, las cuales fueron modificadas mediante Resolucion Vice-Ministerial N° 0262009-MEM/VME de fecha 05 de junio de 2009; Que, mediante Resolucion Vice-Ministerial N° 048-2009MEM/VME de fecha 17 de MORDAZA de 2009, se aprobaron las Bases Integradas y la Version Final del Contrato de Concesion del Concurso Publico Internacional en la modalidad Proyecto Integral para otorgar en concesion el proyecto: Refuerzo del Sistema de Transmision Sur Medio: Linea de Transmision Independencia - Ica, 220 KV; Que, con fecha 10 de agosto del ano en curso se realizo en acto publico, la MORDAZA y apertura de los sobres N° 1 y N° 2, habiendose adjudicado la Buena Pro del Concurso Publico Internacional en la modalidad Proyecto Integral para otorgar en concesion el proyecto: Refuerzo del Sistema de Transmision Sur Medio: Linea de Transmision Independencia - Ica, 220 KV, a la empresa Interconexion Electrica S.A. E.S.P, la cual ha designado como Sociedad Concesionaria a la empresa CONSORCIO TRANSMANTARO S.A., quien actuara como contraparte del Ministerio de Energia y Minas en el Contrato de Concesion del referido Concurso Publico; Que, por su parte, el Decreto Supremo Nº 146-2008EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, en su articulo 6°, establece que emitida la Resolucion Suprema de incorporacion y aprobacion del plan correspondiente, los proyectos de provision de infraestructura y servicios publicos a traves de la modalidad de Asociaciones Publico Privadas autosostenibles, continuaran su desarrollo en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y Servicios Publicos aprobado por Decreto Supremo N°059-96-PCM, del Decreto Legislativo N°674 y de otras normas de promocion de la inversion privada que resulten aplicables; Que, en consecuencia, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, modificado por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438-Ley que precisa los alcances y modifica diversos articulos del Decreto Legislativo Nº 674, referido al MORDAZA de promocion de la inversion privada-, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885-Ley que Aprueba Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Publicos-, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantias que mediante decreto supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, en virtud de lo expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente establecidas en el Contrato de Concesion a favor de CONSORCIO TRANSMANTARO S.A., quien en su condicion de Sociedad Concesionaria suscribira el Contrato de Concesion del Concurso Publico Internacional en la modalidad Proyecto Integral para otorgar en concesion el proyecto: Refuerzo del Sistema de Transmision Sur Medio: Linea de Transmision Independencia - Ica, 220 KV; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, MORDAZA complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Declaraciones y seguridades Otorguese mediante contrato, las seguridades y garantias no financieras del Estado de la Republica del Peru,

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