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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404581 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que incluye bien al Nuevo Anexo II del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, que aprobó relación de bienes y servicios inafectos al pago del IGV y de los Derechos Arancelarios aplicable a Instituciones Educativas DECRETO SUPREMO Nº 230-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso g) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias señala que no están gravados con el impuesto, la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas o particulares exclusivamente para sus fi nes propios; Que, la norma citada también establece que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Educación, se aprobará la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas; Que, por Decreto Supremo Nº 046-97-EF y normas modifi catorias se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicable a las Instituciones Educativas Particulares o Públicas; Que, la capacitación y educación que brindan las instituciones educativas públicas o particulares constituye un objetivo del presente Gobierno; Que, resulta conveniente ampliar la relación de bienes contenida en el Nuevo Anexo II del Decreto Supremo Nº 046-97-EF; En uso de las facultades establecidas en el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Incorporación de Partida Arancelaria Incorpórase el siguiente bien en el Nuevo Anexo II del Decreto Supremo Nº 046-97-EF y normas modifi catorias: Partida Arancelaria Descripción 8539.32.00.00 Sólo: Lámparas para proyectores multimedia Artículo 2º.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Educación y entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 410336-4 Aceptan renuncia de Vocal I - Vocal Administrativo del Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 107-2009-EF Lima, 15 de octubre de 2009 Visto el Ofi cio Nº 7935-2009-EF/41.01 del 25 de agosto de 2009, sobre renuncia al cargo de Vocal I - Vocal Administrativo del Tribunal Fiscal. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 169-2000-EF del 13 de junio de 2000, se nombró a la doctora Angélica Rosario Maltese Benguer como Vocal Administrativo del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la indicada funcionaria mediante Carta de fecha 20 de agosto de 2009 formula renuncia al mencionado cargo, acción que cuenta con la opinión favorable correspondiente y la exoneración del plazo de Ley; De conformidad con los artículos 182º inciso b), 183º y 185º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y las Leyes Nºs. 27594 y 29158; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, la renuncia presentada por la señora Angélica Rosario Maltese Benguer, como Vocal I - Vocal Administrativo, Categoría F-7 del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 410336-6 Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN mediante los cuales se aprobó la modificación de la relación de inmuebles contenidos en el Plan de Promoción de la Inversión Privada aprobado mediante R.S. Nº 029-98-TR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 108-2009-EF Lima, 15 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 26440, se precisó que los Proyectos Especiales, Organismos y otros proyectos que están bajo responsabilidad de órganos estatales, se encuentran comprendidos en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refi ere el Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Resolución Suprema Nº 183-98-PCM del 7 de abril de 1998, se constituyó el Comité Especial que llevaría adelante el proceso de promoción de la inversión privada de diversos inmuebles de propiedad de empresas comprendidas en el proceso de promoción de la inversión privada, disponiendo que la relación de los inmuebles estaría contenida en el Plan de Promoción de la Inversión Privada respectivo; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 029- 98-TR del 11 de agosto de 1998, se ratifi có el acuerdo COPRI, hoy Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, conforme al cual se aprobó el Plan de Promoción, modifi cado por Resolución Suprema Nº 029-98-TR, autorizando a la COPRI a modifi car, mediante acuerdo, la relación de inmuebles contenida en el referido plan de promoción; Que, mediante Resolución Suprema Nº 133-98-TR del 28 de noviembre de 1998, se ratifi có el acuerdo COPRI