NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de setiembre de 2009 402917 Alternos: Rueda Ruíz, Mario Daniel Ventosilla Rojas, Zoila Natalia Artículo 2º.- Ampliar la relación de Fedatarios Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Lima, a que se refi ere el Anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 222-2005/SUNAT, según el siguiente detalle: Titulares: Arana Romero, Connie Rosannette Bejarano Tuesta, Jorge Martín Bravo Rios, Luis Fernando Gamarra Avalos, Acmon Marín Huanilo Pérez, Laura Janette Landa Hurtado, Carmen Liz Navarro Rivera, Irma Gloria Talledo Neyra, María Elizabeth Ureña Peralta, Gaby Mitzi Valdivia Bernedo, Natty Vargas Murga, Fanny Cecilia Vasquez Torres, Eliana Giovanna Alternos: Aliaga Suárez de Lau, Rosa María Giraldo Morales, Dora Virginia Mostacero de la Cruz, Henry Joel Vilcara Ortega, Paulina Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Superintendente Nacional 399586-1 Declaran bajas de oficio en Registros de Entidades Empleadoras y de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 094-024-0000296/SUNAT Cusco, 30 de junio del 2009. VISTO el resultado de la fi scalización de las aportaciones a ESSALUD, efectuada a la contribuyente BATALLANOS BOCANGEL DE ABUHADBA ROSA TULA con R.U.C. Nº 10310121199 y con domicilio fi scal en Jirón Lima, distrito y provincia de Abancay y departamento de Apurímac. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modifi cada por el artículo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5° y del artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 0524-2009-2N0200/SUNAT, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 – Ley de Productividad y Competitividad, se ha determinado que los supuestos trabajadores Juan Nicolás Abuhadba Batallanos, Nelly Milagros Sequeiros Palomino, Elías Enrique Tapia Araujo, Nereyda Aleni Tello Joyos, Andrea Cristina Dongo Coronado e Isidro Huarache Arenas, estuvieron indebidamente afi liados al EsSalud; ya que la contribuyente, supuesta empleadora no realizó actividad comercial alguna, por lo tanto no cumplen con los requisitos para ser considerados Asegurados Titulares ante el Essalud. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 039- 2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: a): Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social a la contribuyente BATALLANOS BOCANGEL DE ABUHADBA, ROSA TULA identifi cada con RUC N° 10310121199, por los períodos comprendidos de enero 2005 a septiembre 2007. b): Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD, a las siguientes personas: Datos de la persona dado de baja Periodos a dar de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres De A Tipo N° Paterno Materno DNI 31031589 Abuhadba Batallanos Juan Nicolás Enero-05 Septiembre-07 DNI 31184723 Sequeiros Palomino Nelly Milagros Enero-05 Noviembre-05 Enero-06 Marzo-06 Septiembre-07 Septiembre-07 DNI 31015506 Tapia Araujo Elías Enrique Febrero-05 Noviembre-05 Febrero-06 Marzo-06 Junio-06 Junio-06 Agosto-06 Noviembre-06 Enero-07 Junio-07 Septiembre-07 Septiembre-07 DNI 41818087 Tello Joyos Nereyda Aleni Marzo-05 Junio-05 DNI 31039168 Dongo Coronado Andrea Cristina Diciembre-05 Noviembre-06 DNI 31012928 Huarache Arenas Isidro Agosto-06 Septiembre-07 Regístrese, notifíquese1 y comuníquese. PAUL H. GÓMEZ CORNEJO PALZA Intendente Intendencia Regional Cusco 1 Conforme artículo 2° de la Ley N° 29135, la presente Resolución podrá ser impugnada de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. 399588-1