NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de setiembre de 2009 402919 2006-OS/CD a fi n de concordarlo con la nueva redacción del artículo antes mencionado; Que, igualmente, y por única vez resulta necesario ampliar el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Técnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente, a fi n que los responsables de los Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales, Grifos Flotantes y Consumidores Directos de Combustibles Líquidos ubicados en todas las provincias del Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; así como los Consumidores Directos de Combustibles Líquidos ubicados en otros departamentos, puedan efectuar la declaración correspondiente al presente año, hasta el viernes 30 de octubre de 2009; Que, por las razones antes mencionadas, debe exceptuarse la modifi catoria que se aprueba con la presente resolución del requisito de la prepublicación en el diario ofi cial El Peruano por la urgencia de su promulgación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332 y por el literal c) del artículo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el artículo 4° del Anexo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, en los siguientes términos: “Artículo 4º.- Forma y plazo de entrega de las declaraciones juradas (…) La información a que se hace referencia en el artículo precedente deberá contener toda la data requerida en los formatos que se aprueben para tal efecto, debiendo ser presentada anualmente, dentro del mes establecido para cada unidad supervisada en el Cronograma para la presentación de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas. A tal efecto, OSINERGMIN entregará una contraseña a cada uno de los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, para que cumplan con remitir vía Internet, a través del portal de OSINERGMIN, las declaraciones juradas a que se hace referencia en el artículo precedente. Artículo 2°.- Modifi car el Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, de la siguiente manera: CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES RELATIVAS A LAS CONDICIONES TÉCNICAS, DE SEGURIDAD Y DE MEDIO AMBIENTE DE LAS UNIDADES SUPERVISADAS Departamentos Setiembre (*) Febrero (*) Todas las provincias del Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales, Grifos Flotantes y Consumidores Directos de Combustibles Líquidos Otros Departamentos excepto Lima y la Provincia Constitucional del Callao Consumidores Directos de Combustibles Líquidos Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales y Grifos Flotantes (*) Mes durante el cual se deberá presentar la declaración jurada de cumplimiento de obligaciones relativas a las condiciones técnicas, de seguridad y de medio ambiente, la misma que deberá ser presentada anualmente a OSINERGMIN. Artículo 3°.- Amplíese, por única vez, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Técnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente, aplicable a los Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales, Grifos Flotantes y Consumidores Directos de Combustibles Líquidos ubicados en todas las provincias del Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; así como a los Consumidores Directos de Combustibles Líquidos ubicados en otros departamentos, correspondiente al presente año, hasta el 30 de octubre de 2009. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 399241-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 051-2009-CD/OSIPTEL Mediante Ofi cio Nº C.428-CC/2009, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 051-2009-CD/OSIPTEL, publicada en Separata Especial el día 11 de setiembre de 2009. DICE: Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. el 4 de agosto de 2009, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución de Gerencia General Nº 3 del Expediente Nº 0006-2008/TRASU/GUS-PAS del 30 de junio de 2009, conforme a los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. el 4 de agosto de 2009, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución del TRASU Nº 3 del Expediente Nº 0006-2008/TRASU/GUS-PAS del 30 de junio de 2009, conforme a los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución. 399756-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Designan Ejecutor Coactivo del INEI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 251-2009-INEI Lima, 7 de setiembre del 2009