Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2009 (20/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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2006-OS/CD a fin de concordarlo con la nueva redaccion del articulo MORDAZA mencionado; Que, igualmente, y por unica vez resulta necesario ampliar el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente, a fin que los responsables de los Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales, Grifos Flotantes y Consumidores Directos de Combustibles Liquidos ubicados en todas las provincias del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; asi como los Consumidores Directos de Combustibles Liquidos ubicados en otros departamentos, puedan efectuar la declaracion correspondiente al presente ano, hasta el viernes 30 de octubre de 2009; Que, por las razones MORDAZA mencionadas, debe exceptuarse la modificatoria que se aprueba con la presente resolucion del requisito de la prepublicacion en el diario oficial El Peruano por la urgencia de su promulgacion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332 y por el literal c) del articulo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 4° del Anexo 2 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, en los siguientes terminos: "Articulo 4º.- Forma y plazo de entrega de las declaraciones juradas (...) La informacion a que se hace referencia en el articulo precedente debera contener toda la data requerida en los formatos que se aprueben para tal efecto, debiendo ser presentada anualmente, dentro del mes establecido para cada unidad supervisada en el Cronograma para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas. A tal efecto, OSINERGMIN entregara una contrasena a cada uno de los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, para que cumplan con remitir via Internet, a traves del MORDAZA de OSINERGMIN, las declaraciones juradas a que se hace referencia en el articulo precedente. Articulo 2°.- Modificar el Anexo 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, de la siguiente manera: CRONOGRAMA PARA LA MORDAZA DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES RELATIVAS A LAS CONDICIONES TECNICAS, DE SEGURIDAD Y DE MEDIO AMBIENTE DE LAS UNIDADES SUPERVISADAS
Departamentos Todas las provincias del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao Setiembre (*) Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales, Grifos Flotantes y Consumidores Directos de Combustibles Liquidos Consumidores Directos de Combustibles Liquidos Febrero (*)

(*) Mes durante el cual se debera presentar la declaracion jurada de cumplimiento de obligaciones relativas a las condiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente, la misma que debera ser presentada anualmente a OSINERGMIN. Articulo 3°.- Ampliese, por unica vez, el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente, aplicable a los Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales, Grifos Flotantes y Consumidores Directos de Combustibles Liquidos ubicados en todas las provincias del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; asi como a los Consumidores Directos de Combustibles Liquidos ubicados en otros departamentos, correspondiente al presente ano, hasta el 30 de octubre de 2009. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo
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ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 051-2009-CD/OSIPTEL

Mediante Oficio Nº C.428-CC/2009, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 051-2009-CD/OSIPTEL, publicada en Separata Especial el dia 11 de setiembre de 2009. DICE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion presentado por la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. el 4 de agosto de 2009, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion de Gerencia General Nº 3 del Expediente Nº 0006-2008/TRASU/GUS-PAS del 30 de junio de 2009, conforme a los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolucion. DEBE DECIR: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion presentado por la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. el 4 de agosto de 2009, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion del TRASU Nº 3 del Expediente Nº 0006-2008/TRASU/GUS-PAS del 30 de junio de 2009, conforme a los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolucion.
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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Designan Ejecutor Coactivo del INEI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 251-2009-INEI

Otros Departamentos excepto MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao

Grifos, Estaciones de Servicio, Gasocentros, Grifos Rurales y Grifos Flotantes

MORDAZA, 7 de setiembre del 2009

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