NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (20/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de setiembre de 2009 402915 habilitación, supervisión y sanción de los operadores del sistema conciliatorio, de acuerdo a lo establecido por el artículo 26º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1070; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Conciliación modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1070, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS, establece que el Ministerio de Justicia podrá, mediante Resolución Ministerial, crear y regular la actividad de los Centros de Conciliación Extrajudicial Gratuitos a nivel nacional, los mismos que podrán funcionar dentro de locales del Ministerio de Justicia y en aquellos que le sean cedidos por convenio con instituciones públicas o privadas; Que, estando prevista la implementación del Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, conforme al Convenio Específi co de Colaboración Interinstitucional suscrito con la Municipalidad distrital de Mazamari, resulta necesario emitir la correspondiente Resolución Ministerial que autorice su funcionamiento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1070, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito del Ministerio de Justicia, ubicado en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, con la fi nalidad de brindar los servicios de conciliación extrajudicial gratuita a las personas de escasos recursos económicos. Artículo 2º.- La Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Confl ictos de la Dirección Nacional de Justicia será responsable del cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que los demás órganos del Ministerio de Justicia brinden el apoyo correspondiente para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 399742-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionaria diplomática a EE.UU. integrando delegación que participará en el Debate General del Sexagésimo Cuarto Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1309/RE Lima, 16 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio García Belaunde, tiene previsto participar en el Debate General del 64º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 22 al 30 de septiembre de 2009; Que, en el marco de la participación peruana en el 64º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas se ha previsto la realización de la Conferencia para la Facilitación de la Entrada en Vigor del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT); así como Reuniones de Alto Nivel sobre la Salud de Mujeres y Niños; y, por el 60º Aniversario de las Convenciones de Ginebra; Que, es necesario designar a los funcionarios diplomáticos que se integrarán a la delegación peruana al 64º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas; Teniendo en cuenta los Memoranda (SME) Nº SME0899/ 2009, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, de 09 de septiembre de 2009; y (DGA) Nº 2402/2009, de la Dirección General de Administración, de 11 de septiembre de 2009, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Luzmila Esther Zanabria Ishikawa, Subsecretaria para Asuntos Multilaterales, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 22 al 28 de septiembre de 2009, a fi n que integre la delegación peruana que participará en el Debate General del Sexagésimo Cuarto Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Luzmila Esther Zanabria Ishikawa 870.10 220.00 7+1 1,760.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión de servicios, la mencionada funcionaria diplomática deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 399359-1