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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403486 A LA: (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA : 001 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General FUNCIÓN : 19 Vivienda y Desarrollo Urbano PROGRAMA FUNCIONAL : 042 Vivienda SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0091 Vivienda ACTIVIDAD : 059766 Gestión del Bono Familiar Habitacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 30 000 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 30 000 000,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos Habilitador y Habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran a consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, a consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre de dos mil nueve. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República ANTONIO LEÓN ZAPATA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 404017-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aceptan renuncia al cargo de Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 260-2009-PCM Lima, 29 de setiembre de 2009 Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, formula el señor Francis James Allison Oyague; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, formula el señor Francis James Allison Oyague, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 404017-4 Nombran Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 261-2009-PCM Lima, 29 de setiembre de 2009 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al señor Juan Sarmiento Soto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 404017-5