NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403500 VISTOS: Los Memorándum Nº 2499-2009-MTC/20 y Nº 2551- 2009-MTC/20 del Provías Nacional; el Informe Nº 450- 2009-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; y, el Memorándum Nº 2899-2009-MTC/14 del Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 659-2009-GR CUSCO/ PR de fecha 18 de agosto de 2009, el Gobierno Regional de Cusco solicitó que el tramo de la carretera departamental: Sicuani – Santa Bárbara – Phinaya – Marcapata se considere dentro de la Red Vial Nacional bajo la intervención del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Memorándum Nº 2499-2009-MTC/20 y Nº 2551-2009-MTC/20 el Provías Nacional emitió opinión favorable a efectos de incorporar, en forma temporal, la referida ruta departamental a una ruta nacional, con la fi nalidad de apoyar en la interconexión entre las Rutas Nacionales Nº PE-3S y PE-30C. Asimismo, señaló que el período de inversión en la citada ruta será de dos (02) años contando con los recursos presupuestales correspondientes; Que, mediante Informe Nº 450-2009-MTC/14.07 de fecha 28 de agosto de 2009, la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles consideró procedente la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la Ruta Departamental o Regional CU-125 de Trayectoria: Emp. PE-30 C (Marcapata) – Baños Termales – Abra Chimboyo – Phinaya – Pirhua Pirhua – Sucu Pallca – Sta. Bárbara – Emp. PE-3S (Sicuani), a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-3S I, a efectos que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones realice las inversiones correspondientes para su desarrollo y consolidación integral; Que, con Memorándum Nº 2899-2009-MTC/14 de fecha 28 de agosto de 2009, el Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles recomienda en mérito del Informe Nº 450-2009- MTC/14.07, la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la Ruta Departamental o Regional CU-125 de Trayectoria: Emp. PE-30 C (Marcapata) – Baños Termales – Abra Chimboyo – Phinaya – Pirhua Pirhua – Sucu Pallca – Sta. Bárbara – Emp. PE-3S (Sicuani), a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-3S I; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2009- MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicación del referido Reglamento, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del artículo 10º del referido Reglamento, se establece que las autoridades competentes podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículo 8º, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carretera (RENAC); Que, asimismo el artículo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicación a los criterios establecidos en el artículo 8º del Reglamento considerando para tales efectos la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6º del referido Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2008-MTC, se aprobó la actualización del Clasifi cador Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), incorporándose a dicho cuerpo legal el artículo 5-A de la Clasifi cación Temporal de Carreteras, a través del Decreto Supremo N° 026-2009-MTC, estableciendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6 del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasifi cación, la autoridad solicitante deberá acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, el Provías Nacional mediante los Memorándum Nº 2499-2009-MTC/20 y Nº 2551-2009-MTC/20, ha señalado que cuenta con la disponibilidad presupuestal para ejecutar las obras en el tramo de la Ruta Departamental o Regional CU-125 de Trayectoria: Emp. PE-30 C (Marcapata) – Baños Termales – Abra Chimboyo – Phinaya – Pirhua Pirhua – Sucu Pallca – Sta. Bárbara – Emp. PE-3S (Sicuani); Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de Cusco y a lo informado por la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles resulta necesario reclasifi car la jerarquía de la Ruta Departamental o Regional CU-125 de Trayectoria: Emp. PE-30 C (Marcapata) – Baños Termales – Abra Chimboyo – Phinaya – Pirhua Pirhua – Sucu Pallca – Sta. Bárbara – Emp. PE-3S (Sicuani), a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-3S I; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC, Nº 044-2008-MTC y Nº 026-2009-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente la Ruta Departamental o Regional CU-125 de Trayectoria: Emp. PE-30 C (Marcapata) – Baños Termales – Abra Chimboyo – Phinaya – Pirhua Pirhua – Sucu Pallca – Sta. Bárbara – Emp. PE-3S (Sicuani), a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-3S I. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 403915-1 Reclasifican temporalmente Ruta Nacional de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal Nº PU-136 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 662-2009-MTC/02 Lima, 29 de setiembre de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 754-2009-GR-PUNO/GR del Gobierno Regional de Puno; el Informe Nº 072-2009-MTC/20.13 de la Ofi cina de Proyectos Especiales del Provías Nacional; el Informe Nº 478-2009-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; y, el Memorándum Nº 2957-2009-MTC/14 del Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles;