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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403501 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 754-2009-GR-PUNO/ GR de fecha 21 de agosto de 2009, el Gobierno Regional de Puno solicitó la reclasifi cación temporal de la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia), como Ruta Departamental o Regional, por cuanto tiene programado realizar inversiones para mejorar las características del tramo citado, en un plazo estimado de dieciocho (18) meses, manifestando que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, con Informe Nº 072-2009-MTC/20.13 de fecha 31 de agosto de 2009, el Jefe de la Oficina de Proyectos Especiales del Provías Nacional, señaló que a través del Programa Proyecto Perú se viene convocando el Concurso Público Nº 027-2009- MTC/20, para la Contratación de los Servicios de Gestión y Conservación Vial: Ruta PE-34G Tramo: Juliaca – Putina – Sandia – San Ignacio y Ruta PE 34H Tramo: Emp. PE-34G – Moho – Tilali – Límite con Bolivia de 438 Kms., habiéndose considerado dentro de los términos de referencia del citado concurso la intervención del Gobierno Regional de Puno en las obras de rehabilitación y mejoramiento en la referida ruta, recomendando la recategorización temporal del tramo de la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia), como Ruta Departamental o Regional; Que, mediante Informe Nº 478-2009-MTC/14.07 de fecha 02 de setiembre de 2009, la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles consideró procedente la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia), como Ruta Departamental o Regional, a efectos que el Gobierno Regional de Puno efectúe las inversiones programadas destinadas a desarrollar y mejorar las características del referido tramo; Que, mediante Memorándum Nº 2957-2009-MTC/14 de fecha 02 de setiembre de 2009, el Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles recomienda, en virtud del Informe Nº 478-2009- MTC/14.07, la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia), de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal Nº PU-136; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2009- MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicación del referido Reglamento, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del artículo 10º del referido Reglamento, se establece que las autoridades competentes podrán proponer de común acuerdo la reclasificación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículos 8º, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carretera (RENAC); Que, asimismo el artículo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicación a los criterios establecidos en el artículo 8º del Reglamento considerando para tales efectos la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6º del referido Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2008- MTC, se aprobó la actualización del Clasificador Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), incorporándose a dicho cuerpo legal el artículo 5-A de la Clasificación Temporal de Carreteras, a través del Decreto Supremo N° 026-2009-MTC, estableciendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6 del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC y modificado por Decreto Supremo No. 006-2009-MTC, la reclasificación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasificación, la autoridad solicitante deberá acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, el Gobierno Regional de Puno mediante el Ofi cio Nº 754-2009-GR-PUNO/GR, ha señalado que cuenta con la disponibilidad presupuestal para ejecutar las obras en el tramo de la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia); Que, en consecuencia estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de Puno y a lo informado por la Ofi cina de Proyectos Especiales del Provías Nacional y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles resulta necesario reclasifi car la jerarquía de la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia), de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal Nº PU-136; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC, Nº 044-2008-MTC y Nº 026-2009-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente la Ruta Nacional PE – 34 I (ramal) de Trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Sandia) – Huancane – Moho – Conima – Ninantaya (frontera con Bolivia), de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal Nº PU-136. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 403917-1 VIVIENDA Aceptan renuncia al cargo de Viceministro de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2009-VIVIENDA Lima, 29 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2008- VIVIENDA, se designó al señor Juan Sarmiento Soto, en el cargo de Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158;