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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403503 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de acciones de Insur S.A. Compañía de Seguros en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 050-2009-EF/94.06.3 Lima, 22 de septiembre de 2009 VISTOS: El expediente N° 2009028610, así como el Informe Interno N° 0518-2008-EF/94.06.3, del 22 de septiembre de 2009, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, la Junta General de Accionistas de Insur S.A. Compañía de Seguros, celebrada el 18 de junio de 2009, acordó entre otros, el listado de las acciones representativas del capital social de la empresa en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, Insur S.A. Compañía de Seguros solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el listado de sus acciones representativas del capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir la solicitud de listado de las acciones representativas del capital social emitidas por Insur S.A. Compañía de Seguros, y de elevar el expediente a esta institución para los fi nes correspondientes; Que, la documentación presentada por Insur S.A. Compañía de Seguros a la Bolsa de Valores de Lima S.A., se encuentra acorde con lo dispuesto por el artículo 5 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y el artículo 8 del Reglamento del Sistema Mvnet; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y disponer los registros que correspondan. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones representativas del capital social de Insur S.A. Compañía de Seguros en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores, los valores señalados en el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Insur S.A. Compañía de Seguros, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Directora de Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 401592-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan funcionarios responsables de brindar información en Oficinas Registrales pertenecientes a la Zona Registral Nº X Sede Cusco RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 133-2009-SUNARP/GG Lima, 22 setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806 de fecha 02 de agosto de 2002, se publicó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, establecido en el numeral 2 del artículo 5º de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, de fecha 24 de abril de 2003, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública, estableciendo en su artículo 8º que las entidades de la Administración Pública, deberán identifi car al funcionario responsable de brindar la información que se solicite. Que, de igual forma con fecha 07 de agosto de 2003, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, estableciéndose en su artículo 4º la obligatoriedad en la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia, para las Entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas, a fi n de tramitarse la información solicitada con mayor celeridad. Que, mediante el Ofi cio Nº 249-2009-SUNARP- Z.R.NºX/JEF el Jefe de la Zona Registral Nº X Sede Cuzco, solicita la designación de los responsables de brindar información en las ofi cinas registrales de la mencionada Zona Registral, proponiendo en dicho documento a los servidores que asumirían dicha responsabilidad. Que, en tal sentido, es necesario designar a los funcionarios de las Ofi cinas Registrales de Cuzco, Abancay, Espinar, Sicuani, Madre de Dios y Quillabamba, pertenecientes a la Zona Registral Nº X - Sede Cuzco responsables de brindar la información que se les solicite, en virtud a las normas referidas en los considerandos precedentes; Que, mediante la Resolución Nº 201-2007-SUNARP/SN de fecha 06 de julio de 2007, se delegó a la Gerencia General entre otras funciones, la facultad de designar a los funcionarios responsables de brindar información de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 y su Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Que, estando a lo dispuesto en las normas citadas y conforme al artículo 14 inciso k) del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los funcionarios de las ofi cinas Registrales de Cuzco, Abancay, Espinar, Sicuani, Madre de Dios y Quillabamba pertenecientes a la Zona Registral Nº X Sede Cuzco, los mismos que serán responsables de brindar la información que se solicite,