Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2010 (14/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

417126

PROYECTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao migraran a la banda de 1 910 ­ 1 930 MHz, en un plazo que no excedera de seis (6) meses, conforme a la canalizacion que apruebe el Ministerio, siempre y cuando cumplan con lo dispuesto por la normativa para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones. Asimismo, los concesionarios comprendidos dentro de los alcances del parrafo precedente, devolveran al Estado el integro de la banda de 5 725 ­ 5 850 MHz que les fuera asignada, segun lo previsto en la Resolucion Jefatural No. 045-2002-MTC/15.03.UECT modificada por Resolucion Directoral No. 077-2004-MTC y la Resolucion Viceministerial No. 048-2001-MTC/15.03, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE RESOLUCION VICEMINISTERIAL QUE APRUEBA Y MODIFICA LAS CANALIZACIONES DE LAS BANDAS 2 300 ­ 2 400 MHZ Y 1 910 ­ 1930 MHZ, RESPECTIVAMENTE El Ministerio de Transportes y Comunicaciones pone a consideracion del publico interesado, el contenido del proyecto de MORDAZA, a fin de que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos No. 1203-Lima 1, via fax al 6157814 o via correo electronico a lames@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) dias calendario y de acuerdo al formato siguiente:

200 ­ 2 400 MHz y 5 725 ­ 5 850 MHz a las bandas 2 300 ­ 2 400 MHz y 1 910 ­ 1930 MHz, respectivamente, conforme a la canalizacion que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informes No. 08-2009 y 01-2010-MTC/ CCPNAF, el Comite Consultivo del PNAF recomienda derogar la canalizacion de la banda 2 200 ­ 2 400 MHz y aprobar la canalizacion de la banda 2 300 ­ 2 400 MHz con la finalidad de promover la optimizacion del uso del espectro radioelectrico mediante el empleo de la tecnologia TDD (Time Division Duplex), considerando la tendencia internacional, las potencialidades de esta banda para el desarrollo de aplicaciones con tecnologias de banda ancha y la necesidad de garantizar la continuidad de los servicios que utilizan las bandas 2 200 ­ 2 400 MHz a titulo primario; Que, en igual sentido, el referido Comite recomienda modificar la canalizacion de la banda 1 910 ­ 1 930 MHz a efectos de solucionar los problemas de interferencias en la banda 5 725 ­ 5 850 MHz para aquellas asignaciones realizadas MORDAZA de la vigencia del Decreto Supremo No. 012-2004-MTC, previendo bandas de guarda para evitar que se produzcan interferencias sobre los servicios de comunicaciones personales que operan en la banda 1 850 ­ 1 910 MHz apareada con la banda 1 930 ­ 1990 MHz; Que, en tal sentido, corresponde modificar las canalizaciones MORDAZA referidas, en los terminos recomendados por el Comite Consultivo del PNAF; De conformidad con lo establecido en la Ley No. 29370, el Decreto Supremo No. 013-93-TCC y el Decreto Supremo No. 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar Aprobar la canalizacion de la banda 2 300 ­ 2 400 MHz, en los terminos siguientes: Banda 2 300 ­ 2 400 MHz (Servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso inalambrico)

Formato para la MORDAZA de comentarios al proyecto de norma. Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales Comentarios

BLOQUE A B C Guarda

Banda de frecuencias (MHz) 2 300,0 2 330,0 2 330,0 2 360,0 2 360,0 2 390,0 2 390,0 2 400,0

RESOLUCION VICEMINISTERIAL PROYECTO DE RESOLUCION VICEMINISTERIAL QUE APRUEBA Y MODIFICA LAS CANALIZACIONES DE LAS BANDAS 2 300 ­ 2 400 MHZ Y 1 910 ­ 1930 MHZ, RESPECTIVAMENTE
CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 020-2007-MTC (en adelante, TUO del Reglamento), dispone en su articulo 200, que toda asignacion de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalizacion, el cual sera aprobado por resolucion viceministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial No. 187-2005MTC/03, se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF (en adelante, PNAF), documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico; Que, por Resolucion Viceministerial No. 268-2005MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nos. 039 y 512-2006-MTC/03 y 516-2007-MTC/03, se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (1º Parte); Que, por Resolucion Ministerial Nº -2010-MTC/03, se dispuso el reordenamiento de la banda 2 200 ­ 2 400 MHz y la migracion de las asignaciones realizadas en las bandas 2

Articulo 2º.- Modificar Modificar la canalizacion de la banda 1 910 ­ 1 930 MHz aprobada por Resolucion Viceministerial No. 268-2005MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nos. 039 y 512-2006-MTC/03 y 516-2007-MTC/03, en los siguientes terminos: Banda 1 910 - 1 930 MHz (Servicios publicos utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico)

Banda Guarda A B Guarda

Rango de frecuencias (MHz) BW: 5 MHz 1 910 1 915 1 915 1 920 1 920 1 925 1 925 1 930

Articulo 3º.- Derogacion Derogar la canalizacion de la banda 2 200 ­ 2 400 MHz aprobada por Resolucion Viceministerial No. 268-2005MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nos. 039 y 512-2006-MTC/03 y 516-2007-MTC/03. Registrese, comuniquese y publiquese 480317-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.