Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2010 (14/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

el cual lo solicita, presentando los requisitos establecidos en la normatividad vigente; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 0101-87-AG/ DGFF del 20 de marzo de 1987, se establecio el Bosque de Proteccion San Matias­San MORDAZA ubicado en el departamento de Pasco, provincia de Oxapampa, en los distritos de Palcazu, Puerto MORDAZA y MORDAZA Rica; Que, con fecha 25 de MORDAZA del 2009 el Centro de Estudios y Promocion del Desarrollo­DESCO solicita el Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion San MORDAZA ­ San MORDAZA cumpliendo con los requisitos establecidos en el articulo 118º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, el articulo 8º de las Disposiciones Complementarias aprobadas mediante Resolucion Jefatural Nº 210-2005-INRENA, y con los requisitos especificados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del INRENA, ahora SERNANP, para el Procedimiento Nº 9 "Evaluacion de solicitud de parte para un Contrato de Administracion parcial o total de Areas Naturales Protegidas del SINANPE, con personas juridicas sin fines de lucro, de derecho privado", segun lo senalado en el Informe Nº 190-2009-SERNANP-DGANP-UCA del 5 de junio del 2009; en tal sentido, y de conformidad con el articulo 10º de las Disposiciones Complementarias, se comunica al interesado mediante Carta Nº 107-2009-SERNANP-DGANP el 5 de junio del 2009 el tramite de su solicitud; Mediante carta s/n recepcionada el 21 de MORDAZA del 2009 la Camara Nacional de la Produccion y el EmprendimientoCANPRODEM solicita la apertura de un concurso publico de meritos, dentro de los 30 dias de la publicacion del aviso de la solicitud del contrato de administracion presentado por DESCO; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 026-2009SERNANP-DGANP de fecha 3 de septiembre del 2009 se dio inicio al "Procedimiento del Concurso Publico de Meritos" del Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion San Matias-San Carlos; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 032-2009SERNANP-DGANP de fecha 17 de septiembre del 2009 se conforma la Comision Ad Hoc, encargada de conducir el MORDAZA de otorgamiento del Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion San Matias-San Carlos; Que, los postores al momento de formular sus propuestas tecnicas financieras lo hacen en forma conjunta, comprometiendose en caso de obtener la Buena Pro a formalizar un Contrato de Consorcio, para la provision correcta y oportuna de las obligaciones y compromisos contraidos a traves del Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion San Matias-San Carlos; Que en virtud a las atribuciones conferidas a dicha Comision mediante Resolucion Jefatural Nº 210-2005INRENA y Resolucion Directoral Nº 026-2009-SERNANPDGANP, se procede a la evaluacion de la propuesta presentada, bajo los criterios de evaluacion y terminos de referencia aprobados para tal efecto, adjudicando la Buena Pro al Centro de Estudios y Promocion del Desarrollo­ DESCO y la Camara Nacional de la Produccion y el Emprendimiento­CANPRODEM, lo cual consta en Acta de fecha 29 de enero del 2010; Que, asimismo, mediante Informe Nº 01-2010SERNANP-DGANP-CAH-BPSMSC la Comision Ad Hoc informa sobre las actividades realizadas a merito de las facultades concedidas, debiendose formalizar la adjudicacion de la Buena Pro mediante Resolucion Directoral del Director de Gestion de Areas Naturales Protegidas conforme lo establece el articulo 18º numeral 1 de la Resolucion Jefatural Nº 210-2005-INRENA y en merito a las facultades otorgadas mediante Resolucion Presidencial Nº 075-2009-SERNANP; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 3º, incisos c) y j) y 23º inciso n) del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM y en merito a las facultades otorgadas mediante Resolucion Presidencial Nº 075-2009SERNANP del 17 de MORDAZA del 2009. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizar la Adjudicacion de la Buena Pro otorgada a favor del Centro de Estudios y Promocion del Desarrollo­DESCO y la Camara Nacional de la Produccion y el Emprendimiento­CANPRODEM del Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion San Matias-San MORDAZA, en la modalidad senalada en el numeral 5, inciso a) del articulo 3º de la Resolucion Jefatural Nº 210-2005INRENA. Articulo 2º.- Proceder a la suscripcion del Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion San Matias-San MORDAZA en la modalidad senalada en el numeral 5 inciso

a) del articulo 3º, de la Resolucion Jefatural Nº 210-2005INRENA entre el SERNANP y el consorcio que conformaran el Centro de Estudios y Promocion del Desarrollo ­ DESCO y la Camara Nacional de la Produccion y el Emprendimiento ­ CANPRODEM, debiendo elevarse a Escritura Publica para su inscripcion en los Registros Publicos, bajo sancion de nulidad. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director (e) de Gestion de las Areas Naturales Protegidas Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado

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PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 0892010-P-CSJCL/PJ y disponen que el Noveno Juzgado Penal del Callao redistribuya procesos recepcionados en materia de MORDAZA y seguridad vial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 106-2010-P-CSJCL/PJ.
Callao, 13 de MORDAZA del 2010. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 106-2010-CE-PJ de fecha 31 de marzo del 2010, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y publicado en la fecha en el Diario Oficial El Peruano; y, CONSIDERANDO: Que, es atribucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la politica del Poder Judicial en su Distrito Judicial, conforme lo establece el inciso 3° del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Que, mediante Resolucion Administrativa N° 419-2009CE-PJ de fecha 30 de diciembre del ano 2009, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conversion del Noveno Juzgado Penal del Callao, en Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial; Que, a fin de garantizar el funcionamiento de dicho organo jurisdiccional esta Presidencia emitio la Resolucion Administrativa N° 089-2010-P-CSJCL/PJ de fecha 24 de marzo del ano en curso, que disponia que los Juzgados Penales, Juzgados Civiles, Juzgados Mixtos y Juzgados Contencioso Administrativo de esta Corte Superior de Justicia remitan al Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial, todos los procesos que obran en sus despachos en las materias precisadas en el articulo 2° de la Ley 29391 que establece la competencia de los Juzgados de MORDAZA y Seguridad Vial; Que, mediante Resolucion Administrativa de Vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto dejar sin efecto la Resolucion Administrativa N° 419-2009-CE-PJ de fecha 30 de diciembre del 2009; por ende, corresponde tambien dejar sin efecto las disposiciones administrativas dictadas por esta Presidencia para el funcionamiento del citado organo jurisdiccional; En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Administrativa N° 089-2010-P-CSJCL/PJ de fecha 24 de

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