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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (14/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Lima, miércoles 14 de abril de 2010 417124 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Resolución Ministerial que modifica el primer párrafo de la Nota P65 y Nota P68 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, incorpora la Nota P68A y dispone la migración de las asignaciones realizadas en las bandas 2200 - 2400 MHz y 5725-5850 MHz a las bandas 2300-2400 MHz y 1910-1930 MHz, respectivamente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 173-2010-MTC/03 Lima, 12 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 013-93-TCC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fi ja la política de telecomunicaciones a seguir y controla sus resultados; Que, el artículo 57º del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas por la Ley y su Reglamento; Que, el artículo 199º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 020-2007-MTC dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación y el control del espectro radioeléctrico; Que, con fecha 17 de febrero de 2008 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano los proyectos de normas sobre un nuevo ordenamiento de la Banda 2 200 – 2 400 MHz y canalización de la Banda 2 300 – 2 400 MHz, otorgándose un plazo de quince (15) días calendario, a fi n de recibir comentarios de los interesados; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones mediante Informe No. 069-2009-MTC/26 de fecha 24 de marzo de 2010, recomienda, de conformidad a lo señalado en el artículo 19º del Título I “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú”, incorporado por Decreto Supremo No. 003-2007-MTC a los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú aprobados por Decreto Supremo No. 020-98-MTC, efectuar una segunda publicación por un plazo de diez (10) días calendario de: - Proyecto de Resolución Ministerial que modifi ca el primer párrafo de la Nota P65 y la Nota P68 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, incorpora la Nota P68A al PNAF y dispone la migración de las asignaciones realizadas en las bandas 2 200 – 2 400 MHz y 5 725 – 5 850 MHz a las bandas 2 300 – 2 400 MHz y 1 910 – 1 930 MHz, respectivamente. - Proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba y modifi ca las canalizaciones de las bandas 2 300 – 2 400 MHz y 1 910 – 1 930 MHz, respectivamente. Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación de los referidos proyectos de resoluciones, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo No. 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo No. 020-2007-MTC, y los Decretos Supremos Nos. 020-98-MTC y 003-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modifi ca el primer párrafo de la Nota P65 y la Nota P68 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, e incorpora la Nota P68A del PNAF y dispone la migración de las asignaciones realizadas en las bandas 2 200 – 2 400 MHz y 5 725 – 5 850 MHz a las bandas 2 300 – 2 400 MHz y 1 910 – 1 930 MHz, respectivamente, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación del Proyecto de Resolución Viceministerial que aprueba y modifi ca las canalizaciones de las bandas 2 300 – 2 400 MHz y 1 910 – 1 930 MHz, respectivamente, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten a los citados proyectos de resoluciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE RESOLUCION MINISTERIAL QUE MODIFICA EL PRIMER PÁRRAFO DE LA NOTA P65 Y LA NOTA P68 DEL PLAN NACIONAL DE ATRIBUCIÓN DE FRECUENCIAS – PNAF, INCORPORA LA NOTA P68A Y DISPONE LA MIGRACIÓN DE LAS ASIGNACIONES REALIZADAS EN LAS BANDAS 2 200 – 2 400 MHZ Y 5 725 – 5 850 MHZ A LAS BANDAS 2 300 – 2 400 MHZ Y 1 910 – 1930 MHZ, RESPECTIVAMENTE El Ministerio de Transportes y Comunicaciones pone a consideración del público interesado, el contenido del proyecto de norma, a fi n de que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos No. 1203-Lima 1, vía fax al 615- 7814 o vía correo electrónico a lames@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) días calendario y de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma. Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales RESOLUCION MINISTERIAL RESOLUCION MINISTERIAL QUE MODIFICA EL PRIMER PÁRRAFO DE LA NOTA P65 Y LA NOTA P68 DEL PLAN NACIONAL DE ATRIBUCIÓN DE FRECUENCIAS – PNAF, INCORPORA LA NOTA P68A Y DISPONE LA MIGRACIÓN DE LAS ASIGNACIONES REALIZADAS EN LAS BANDAS 2 200 – 2 400 MHZ Y 5 725 – 5 850 MHZ A LAS BANDAS 2 300 – 2 400 MHZ Y 1 910 – 1930 MHZ, RESPECTIVAMENTE. Lima, PROYECTO