Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2010 (09/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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Aprueban Ordenanza que regula la Actividad de los Trabajadores Lustradores de Calzado en la Via Publica del distrito de Independencia
ORDENANZA Nº 0215-2010-MDI Independencia, 27 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que regula la Actividad de los Trabajadores Lustradores de Calzado en la Via Publica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, segun Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, la Municipalidad es un Organo de gobierno con autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia en concordancia con el articulo MORDAZA del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado senala que toda persona tiene derecho a trabajar libremente con sujecion a ley; asimismo el articulo 23º en su MORDAZA parrafo senala que el Estado promueve condiciones para el progreso social y economico en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 83º , numeral 3, subnumeral 3.2 senala como una de las funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales es regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial; Que, La Ley Nº 27475 y su modificatoria la Ley Nº 27597 y el D.S. Nº 006-2002-TR, donde reconocen al Lustrador de Calzado como prestador de servicios en la via publica y que su vez debe ser regulada por los gobiernos locales, a traves de la Federacion Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado del Peru ­ FENTRALUC Que, mediante Informe Nº 203-2010-DCDC/GDEL/ MDI de fecha 24 de febrero de 2010, y el Informe de Asesoria Legal Nº 180-2010-UAL/MDI de fecha 29 de MORDAZA de 2010. Con el MORDAZA Unanime aprobatorio de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y estando a las consideraciones expuestas; Aprobo lo siguiente: Articulo Primero.- Apruebese la Ordenanza que regula la Actividad de los Trabajadores Lustradores de Calzado en la Via Publica en la Jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Independencia, la misma que consta de 22 Articulos y 05 Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios Publicos, Gerencia de Desarrollo Economico Local y la Gerencia de Gestion Urbana. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, cumuniquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES LUSTRADORES DE CALZADO EN LA VIA PUBLICA TITULO I CONTENIDO Y ALCANCES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objetivo, regular los aspectos tecnicos y administrativos necesarios para el ejercicio de las actividades de los trabajadores lustradores de calzado en areas de uso publico del Distrito de Independencia asi como las disposiciones para la autorizacion, instalacion, ubicacion y funcionamiento de sus modulos en las zonas reguladas, para tal fin podra exhibir materiales afines del rubro para su comercializacion. Articulo 2º.- Ordenar a la Division de Participacion Vecinal crear un libro de Registro Unico de Trabajadores Lustradores de Calzado. TITULO II DEFINICIONES GENERALES Articulo 3º.- Para un mejor entendimiento de criterios en la aplicacion de la presente Ordenanza se entiende por: a.- Autoridad Administrativa.- La Municipalidad Distrital de Independencia a traves de la Gerencia de Desarrollo Economico Local, dispone las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza. b.- Lustrador de Calzado.- Es toda persona natural que brinda servicios de mantenimiento de calzado publico en general en alguna MORDAZA, avenida, MORDAZA, plaza o area publica por el cual cuenten con autorizacion municipal para el desarrollo de la actividad. c.- Modulo de lustrado de Calzado.- Es el mueble de dimensiones y caracteristicas reglamentarias que su ubican en zonas previamente autorizadas de la via publica para el desarrollo de esta actividad. d.- Area de uso Publico.- superficie destinada a uso publico, cuyo aspecto tecnico de infraestructura MORDAZA y habitacional puede excepcionalmente permitir la instalacion de modulos sin obstaculizar el MORDAZA vehicular y peatonal, ni afectar la estetica ni el ornato de la ciudad. g.- Autorizacion Provisional de ocupacion de la via publica para fines comerciales o de servicios.Documento de caracter temporal que otorga la Municipalidad, que habilita un area de uso publico para permitir el desarrollo de actividades economicas de los vendedores o prestadores de servicios. h.- Ubicacion Asignada.- Unico lugar en que los Vendedores o Prestadores de Servicio pueden realizar, en forma temporal y en tanto dure su Autorizacion, sus actividades comerciales o de servicios. TITULO III DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL Articulo 4º.- La Gerencia de Desarrollo Economico Local, o quien haga sus veces, es la encargada de expedir las Autorizaciones, mediante Resolucion Gerencial a los lustradores de Calzado. Articulo 5º.- La Vigencia de Autorizacion de uso de la via publica por cada ejercicio fiscal es hasta el 31 de diciembre de cada ano, siendo renovable siempre en cuando cumplan con los requisitos exigidos para estos efectos. Articulo 6º.- Es requisito previo para la obtencion de la Autorizacion Provisional contar con los Certificados de Evaluacion Tecnica MORDAZA y Certificado de Evaluacion Tecnica Social. El procedimiento para obtener los certificados es el siguiente: 1. Solicitud Simple 2. Croquis de ubicacion anexada a la solicitud 3. Pago de derecho por inspeccion Tecnica 4. MORDAZA de capacitacion en gestion empresarial, para las renovaciones.

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