Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2010 (13/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

423707

Que, la existencia de reglamentaciones acordes a los estandares internacionales para las redes NGN garantizara las inversiones en el sector de los servicios publicos de telecomunicaciones y en particular, el desarrollo de la banda ancha; debiendo considerarse que el OSIPTEL ha participado activamente en el diseno del Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha, a traves de sus aportes en la Comision Multisectorial Temporal, aprobada por Resolucion Suprema Nº 063-2010-PCM; Que, en estas reuniones participaran representantes de los Estados Miembros y Miembros del Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones de la UIT; Que, las funciones del OSIPTEL se insertan dentro de los objetivos del Sector de Normalizacion de las Telecomunicaciones de la UIT, de promover el desarrollo de los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, los gastos de viaje, hospedaje, TUUA y viaticos seran cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza del 5 al 17 de setiembre de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 2 482,30 Viaticos US$ 3 380,00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar a su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 530251-7

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 360-2001PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 2001, se aprobo la donacion en via de regularizacion de ochenta y nueve (89) vehiculos usados, que efectuo el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, durante el periodo comprendido entre el 14 de septiembre de 1995 al 17 de agosto de 2000, a favor de Instituciones, Organizaciones Sociales, Entidades de Bienestar y Poblacion de escasos recursos de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tumbes y la Provincia Constitucional del Callao; Que, entre las organizaciones beneficiarias de la donacion de vehiculos usados MORDAZA senalada se encuentra la Comunidad Campesina Mayobamba del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, la cual recibio en donacion un camion MORDAZA Hino, modelo MORDAZA, del ano 1989; Que, en el anexo de la Resolucion Suprema Nº 360-2001-PCM MORDAZA mencionada se consigno como beneficiaria a la Comunidad Campesina San MORDAZA de Mayobamba, siendo su real denominacion: Comunidad Campesina de Mayobamba, tal como consta en el registro de Comunidades Campesinas y Nativas; Que, mediante esquela de observacion de fecha 10 de junio de 2010, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos observo el titulo correspondiente a la inscripcion del vehiculo MORDAZA indicado por existir discrepancia en la denominacion de la comunidad campesina, la cual en la certificacion registral se identifica como Comunidad Campesina de Mayobamba, no obstante en el anexo de la Resolucion Suprema Nº 360-2001-PCM se le identifico como Comunidad Campesina San MORDAZA de Mayobamba; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General senala que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804 - Dictan disposiciones referidas a las donaciones de bienes efectuadas por las entidades del Sector Publico, Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar la denominacion de la entidad beneficiaria consignada en el numeral 68 del anexo de la Resolucion Suprema Nº 360-2001-PCM, modificandola de: "Comunidad Campesina San MORDAZA de Mayobamba", por: "Comunidad Campesina de Mayobamba". Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 530251-8

Rectifican denominacion de entidad beneficiaria consignada en el numeral 68 del anexo de la R.S. Nº 360-2001PCM
RESOLUCION SUPREMA Nº 186-2010-PCM MORDAZA, 12 de agosto de 2010

AGRICULTURA
Modifican Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1077, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2009-AG
DECRETO SUPREMO Nº 009-2010-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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