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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de agosto de 2010 423709 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario del Ministerio para participar en la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica (AAE) entre Perú y Japón, en los grupos de trabajo de Acceso a Mercados y Defensa Comercial RESOLUCIÓN SUPREMA N° 089-2010-EF Lima, 12 de agosto de 2010 Visto el Memorando N° 058-2010-EF/15.01 de fecha 23 de julio de 2010, del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 24 al 31 de agosto de 2010, se desarrollará en la ciudad de Tokio, Japón, la VI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica (AAE) entre Perú y Japón, en los grupos de trabajo de Acceso a Mercados y Defensa Comercial; Que, mediante Facsimil Circular N° 041-2010- MINCETUR/VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociación; Que, en tal sentido con el Ofi cio N° 271-2010- EF/15.01 se designó al señor Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, para que participe en las Mesas de Acceso a Mercados y Defensa Comercial de la mencionada ronda; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y N° 29465, el Decreto de Urgencia N° 001-2010 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Tokio, Japón, del 21 de agosto al 01 de setiembre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 2 144,89 Viáticos : US $ 2 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 31,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del profesional cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 530251-9 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional y el Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 390-2010-EF/75 Lima, 12 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 149-2010-EF se aprobó la operación de endeudamiento interno acordada entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 250 000 000,00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), destinada a fi nanciar la adquisición de equipamiento militar para operaciones en la zona del Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE), a ser ejecutado por el Ministerio de Defensa; Que, el Artículo 6° del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la citada operación de endeudamiento interno, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, creado por la Ley Nº 28455; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 011-2007- EF/75.01 se dispone que en el caso de las operaciones de endeudamiento que acuerde el Gobierno Nacional, cuyo servicio de deuda sea atendido con cargo a los fondos que la respectiva entidad o Unidad Ejecutora deba transferir a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y que provienen de fi nanciamiento distinto al de los Recursos Ordinarios, la entidad o Unidad Ejecutora y la Dirección Nacional del Endeudamiento Público deberán suscribir un Convenio de Traspaso de Recursos, en donde se establezcan los términos y condiciones del correspondiente traslado de fondos para la atención del servicio de la deuda; Que, asimismo, de acuerdo con la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563 y sus modifi catorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, el reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de la constitución de un fi deicomiso; Que, en virtud al Artículo 21º de la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 05- 2006-EF/75.01, los Convenios de Traspaso de Recursos se aprueban por resolución ministerial, la cual también aprobará su respectivo mecanismo de garantía;