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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (13/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de agosto de 2010 423716 de Bangladesh ante las Naciones Unidas, a través de la Nota N° PMNY/MSG/2010, informa que el Gobierno de dicho país, ha otorgado el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Popular de Bangladesh, con residencia en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India; y que la Embajada de Nepal en la India, a través de la Nota N° POL/E-2b/614, ha otorgado el beneplácito de estilo para que el citado funcionario diplomático, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Nepal, con residencia en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318, y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente en la República Popular de Bangladesh y ante el Reino de Nepal, con residencia en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 530251-16 Autorizan al Instituto Nacional de Cultura efectuar pago de cuota para la Convocatoria del año 2011 del Programa IBERESCENA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 332-2010-RE Lima, 12 de agosto de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 552-2010-DN/INC de 9 de junio de 2010, del Instituto Nacional de Cultura (INC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de contribuciones, al Programa IBERESCENA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, el Instituto Nacional de Cultura comunica la necesidad de cumplir con el pago de la cuota para la Convocatoria 2011 de IBERESCENA, en el marco de los compromisos asumidos por el Estado Peruano como país miembro del Programa de Desarrollo Audiovisual y de Apoyo a la Construcción del Espacio Escénico Iberoamericano - IBERESCENA, creado en el año 2006; hasta por el monto de US$ 75,000.00; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la referida cuota, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 110, Instituto Nacional de Cultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 110 Instituto Nacional de Cultura a efectuar el pago de la cuota para la Convocatoria del año 2011 del Programa IBERESCENA hasta por el monto de US$ 75,000.00 (Setenta y Cinco Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Pliego 110 Instituto Nacional de Cultura (INC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 530251-17 SALUD Autorizan excepción a la prohibición de nombramiento del personal de Salud en las Unidades Ejecutoras del Pliego del Gobierno Regional del departamento de Huancavelica DECRETO SUPREMO N° 022-2010-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y de los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 9.1 del artículo 9º, referido a Medidas en Materia de Personal, de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se permite el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modifi catorias y complementarias, que a la vigencia de la Ley Nº 29465 no hayan sido nombrados en el marco de las citadas leyes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-SA se aprobaron los “Lineamientos para el proceso de Nombramiento del Año 2010 en el marco de las Leyes Nº 28498 y 28560, y el Decreto de Urgencia Nº 094- 2009 en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales”, con la fi nalidad de garantizar que, en el más breve plazo, se realicen los nombramientos en el sector salud autorizados por la Ley Nº 29465;