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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (29/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de agosto de 2010 424666 de Asistencia y Estímulo del Archivo General de la Nación (CAFAE-AGN), según el Informe Largo de Auditoría a los Estados Financieros del CAFAE 2009, elaborado por el Órgano de Control Institucional; Que, los funcionarios mencionados tienen la condición de Directores motivo por el cual corresponde, en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 165º del mencionado Reglamento, conformar una Comisión Especial de acuerdo a la jerarquía de los procesados que evalúe la procedencia de instaurar procesos administrativos disciplinarios en su contra y de ser el caso, llevarlos a cabo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; Con los visados de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina Técnica Administrativa; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, que estará integrada por los siguientes funcionarios: Sr. Jorge Iván Caro Acevedo Director Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio Presidente Lic. Adm. Gilberto Pastor Blancas Campos Director General de la Ofi cina Técnica Administrativa Secretario Técnico Lic. Roisida Aguilar Gil Directora Nacional de la Escuela Nacional de Archiveros Miembro Artículo Segundo.- La mencionada Comisión es competente para conocer lo concerniente a la presunta comisión de faltas de los señores Jorge Eudocio Mendoza Rojas y Rogelio Díaz Uriarte, señalada en el Informe Largo de Auditoría a los Estados Financieros del CAFAE 2009, elaborado por el Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y notifíquese. JOSEPH DAGER ALVA Jefe Institucional 536338-1 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban expedientes técnicos de monumentos arqueológicos prehispánicos Patapata y Huacas del Sol y La Luna RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1836/INC Lima, 24 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 641/ INC de fecha 20 de abril de 2009, se declaró patrimonio cultural de la Nación, entre otros, al monumento arqueológico prehispánico Patapata, ubicado en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 1627-2010-PFP-SDIC- DA/ DREPH/INC de fecha 10 de agosto de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda aprobar el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Patapata; Que, mediante Acuerdo Nº 0990 de fecha 12 de agosto de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Patapata, ubicado en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Patapata, ubicado en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Patapata PP-064-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD56 PP-064-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS84 15 890.43 1.5890 555.33 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico mencionado en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 536320-7 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1843/INC Lima, 25 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1633-2010-NOC-SDIC-DA- DREPH/INC de fecha 11 de agosto de 2010, la Sub Dirección