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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2010 (01/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de enero de 2010 410314 Comunitario iniciado por el Gobierno Local”, que ofrece el Gobierno del Japón, en el período comprendido del 09 al 30 de enero del 2010 en Osaka – Japón, en el marco del Proyecto “Activación Local a través de Experiencias Exitosas”, que se viene ejecutando con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) y la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), vienen ejecutando el Curso de Capacitación en Japón, en el marco del Proyecto “Activación Local a través de Experiencias Exitosas”, el cual busca promover el proceso de descentralización mediante el fortalecimiento de capacidades de los gobiernos locales. Como parte del proceso de fortalecimiento de los programas sociales y con miras a elevar la efi ciencia y efi cacia de dichos programas de manera descentralizada, el MIMDES desea que los gobiernos locales y regionales, puedan impulsar de una manera articulada y coordinada el desarrollo de la comunidad; Que, en el marco del proyecto mencionado, se realizará el Curso de Capacitación en Japón “Introducción al Desarrollo Comunitario iniciado por el Gobierno Local”, para compartir la experiencia japonesa de desarrollo, promovido por el gobierno local; Que, el MIMDES y JICA, conforman un equipo de trabajo para realizar el proceso de selección de candidatos al curso, considerando a las autoridades locales y regionales de los distritos o provincias en situación de pobreza o pobreza extrema y que hayan impulsado la ejecución de proyectos de desarrollo en su zona con un claro enfoque de desarrollo social participativo, así como de autoridades del Gobierno Central que tienen a su cargo los programas sociales del MIMDES; Que, mediante documento de visto, el señor Makoto Nakao en su condición de Representante Residente de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón – JICA, da a conocer que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Satipo, Cmdte. ® César Augusto Merea Tello, ha sido aceptado como participante al curso de ”Introducción al Desarrollo Comunitario iniciado por el Gobierno Local” que ofrece el Gobierno del Japón, en el período comprendido con fecha de salida y retorno, del 09 al 30 de enero del 2010 en Osaka – Japón, en el marco del Proyecto “Activación Local a través de Experiencias Exitosas”; precisando que dicha Agencia cubrirá con los gastos de viaje; Que, la Ley Nº 27619 regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios en su artículo 2º establece que “...la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución...”, en este caso, el viaje del señor Alcalde al país del Japón, se sustenta en el intercambio de experiencias que coadyuvará a la gestión municipal, así como a la defi nición de proyectos a favor de esta corporación edil. Asimismo, en sus artículos 1º y 2º señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y a las disposiciones contenidas en su Reglamento; Que, igualmente se acredita que los gastos de viaje para la participación del señor Alcalde, serán cubiertos íntegramente por la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), debiendo pagar solamente el participante el Impuesto del boleto aéreo de US$ 15.00 y el Impuesto de salida del aeropuerto en Lima US$ 32.00; Que, asimismo, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 en su artículo 9º inciso 11, indica que corresponde al concejo municipal: “Autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, el inciso 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, dispone que son atribuciones del Alcalde “Delegar sus atribuciones políticas en un Regidor hábil y los administrativos en el gerente municipal”, en concordancia con el artículo 10º inciso 3 de la acotada Ley; asimismo, según el artículo 24º de la acotada Ley, establece que en caso de ausencia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde, que es el primer Regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; por lo que se hace necesario delegar las atribuciones políticas en el Primer Regidor hábil; Que, el artículo 41º de dicho dispositivo municipal, precisa que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; y, Estando al Informe Legal favorable Nº 761-2009-OAJ, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de conformidad con el artículo 9º numeral 11 de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por unanimidad el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje por Comisión de Servicios, al señor Alcalde Provincial, Cmdte. (r) César Augusto Merea Tello, para que viaje al país del Japón, del 09 al 30 de enero del año 2010, para participar en el curso de ”Introducción al Desarrollo Comunitario iniciado por el Gobierno Local”, que ofrece el Gobierno del Japón, evento que se realizará en la ciudad de Osaka – Japón, en el marco del Proyecto “Activación Local a través de Experiencias Exitosas”. Artículo Segundo.- Precisar que los gastos de viaje serán cubiertos por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, que comprende: Pasaje aéreo Lima – Osaka – Lima, alojamiento en Japón, viáticos durante la estadía en Japón y costos derivados de la organización del curso en Japón; autorizando solamente el egreso de gastos a ser cubierto por el participante como representante de la Municipalidad Provincial de Satipo, conforme se detalla: - Pago de Impuesto del boleto aéreo US$ 15.00 - Impuesto de salida del aeropuerto en Lima US$ 32.00 Artículo Tercero.- Precisar que dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el señor Alcalde Provincial, Cmdte. (r) César Augusto Merea Tello, queda obligado a realizar un informe de las acciones realizadas, así como los gastos irrogados de acuerdo a ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Teniente Alcalde Prof. Santiago Camilo Contoricón Antúnez, las funciones del despacho de Alcaldía, de conformidad con el artículo 24º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, por el período que dure el viaje del señor Alcalde, con las facultades y atribuciones inherentes al cargo. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, se adopten las medidas convenientes y necesarias para su estricto cumplimiento. Artículo Sexto.- La Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Logística y Secretaría General, quedan encargadas de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR A. MEREA TELLO Alcalde 440989-1