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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de enero de 2010 410312 signados con el Nº 055.01-2007-SGLHU-GDU-MSS y Nº 055.02-2007-SGLHU-GDU-MSS. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la sociedad conyugal conformada por el señor SANTIAGO AUGUSTO ECHECOPAR KOECHLIN y la señora MARÍA FE FRISANCHO PENDAVIS; y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROSA CACERES VALENCIA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 440963-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Convocan a elecciones de representantes de la sociedad civil o institución gubernamental para el período 2010- 2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-09-MDCH Chaclacayo, 28 de diciembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 155 se aprobó el Reglamento para las elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local del distrito de Chaclacayo, y se establece que el Alcalde convoque mediante Decreto de Alcaldía a la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local, el mismo que establecerá el lugar, la fecha y hora en el que se procederá al acto electoral; Que, el artículo 22º de la Ordenanza Municipal citada, establece que el Comité Electoral estará conformado por tres representantes de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y un representante de la sociedad civil o institución gubernamental con jurisdicción en el distrito; Que, con Informe Nº 140-09-GDS/MDCH la Gerencia de Desarrollo Social propone el cronograma del proceso electoral, el lugar de convocatoria, fecha y hora en que se llevará a cabo las elecciones y recomienda a los integrantes del Comité Electoral; Que, con Informe Nº 0265-2009-GAJ/MDCH la Gerencia de Asesoría Jurídica luego de la revisión señala que la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Social se encuentra conforme a la normatividad vigente; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones de representantes de la sociedad civil o institución gubernamental con jurisdicción del distrito de Chaclacayo para el periodo 2010-2011, las que se llevarán a cabo el día domingo 14 de febrero del 2010 a las 10.00 a.m. en la Institución Educativa Felipe Santiago Estenós. Artículo Segundo.- APROBAR el calendario del proceso electoral: 1.- Inscripción de agentes electores 04.01.10 al 15.01.10 2.- Sorteo de Listas 18.01.10 3.- Publicación de listas 19.01.10 4.- Presentación de impugnaciones 20.01.10 al 25.01.10 5.- Publicación de Resl. De impugnaciones 26.01.10 al 28.01.10 6.- Publicación de listas aptas 29.01.10 al 02.02.10 7.- Acto electoral, proclamación y entrega de credenciales 14.02.10 Artículo Tercero.- CONFORMAR el Comité Electoral, el mismo que estará integrado por: Víctor Gómez Medrano - Gobernador del distrito Presidente Hilda Otoya Ramirez - Gerente de Desarrollo Social Vicepresidente Manuel Galvez Denegri – Gerente de Salud y Medio Ambiente Secretario Carlos Barrionuevo Zuñiga – Gerente de Administración y Finanzas Vocal Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VARLCÁRCEL CAHEN Alcalde 441214-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Regulan monto de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2010 ORDENANZA Nº 330-MDJM Jesús María, 28 de diciembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores a cobrar por dichos servicios, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación anual de presentación de declaraciones juradas del Impuesto Predial; Que, conforme a la potestad tributaria reconocida por la Constitución Política del Perú a los Gobiernos Locales, éstos se encuentran facultados a crear, modifi car e incluso suprimir los tributos que son de su competencia, entre los que se encuentran los derechos;