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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2010 (07/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de enero de 2010 410497 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 001-2010 PRECISA EL RANGO NORMATIVO DE LAS AUTORIZACIONES DE VIAJES AL EXTERIOR DE SERVIDORES O FUNCIONARIOS PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO, CONFORME A LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN EL NUMERAL 10.1 DEL ARTÍCULO 10º DE LA LEY Nº 29465 - LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2010 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prevé una serie de excepciones a la medida de austeridad consistente en la prohibición general de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; Que, en efecto el citado artículo de dicha ley señala que tales excepciones operan en caso que los viajes al exterior se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los viajes que efectúen los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) vinculados con el cumplimiento de sus objetivos estratégicos, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modifi catoria; Que, asimismo, el referido artículo de la citada Ley establece que en las entidades del Poder Ejecutivo, las excepciones a tal restricción se canalizan a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, no ha precisado el rango normativo necesario para autorizar los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos del Poder Ejecutivo en mérito a las excepciones taxativamente previstas en el numeral 10.1 del artículo 10º, por lo que resulta necesario subsanar tal omisión; Que, de este modo, resulta de interés nacional dictar medidas extraordinarias de carácter económico y fi nanciero, orientadas a precisar los alcances de la restricción presupuestaria establecida en el primer párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, vinculada a la realización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos en el Poder Ejecutivo, medida cuya emisión es de carácter urgente, dado que permitirá a las entidades públicas del Poder Ejecutivo realizar una adecuada gestión administrativa y fi nanciera de sus recursos, en el marco de las normas de austeridad, racionalidad, disciplina del gasto público; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Precísase que para el caso de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restricción establecida en el primer párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se canalizan a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial el Peruano. Res. Nº 15825-2009.- Expresan opinión favorable para la renovación del “Cuarto Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Banco Falabella Perú S.A.” 410538 Res. Nº 15829-2009.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. la apertura de agencia en la provincia de Piura 410538 Res. Nº 15971-2009.- Autorizan a la EDPYME Alternativa el cierre de oficina especial bajo la modalidad de local compartido en la provincia de Chiclayo 410539 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Ordenanza Nº 029-2009-GRA/CR.- Aprueban Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud - 2009 410539 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza Nº 78-09-MCPSMH.- Aprueban Reglamento de Conformación y Funcionamiento de Juntas Vecinales Comunales del Centro Poblado de Santa María de Huachipa 410540 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 000017.- Declaran zona rígida y prohíben estacionamiento de vehículos de transporte terrestre en la cuadra 2 del Jirón Víctor A. Belaúnde del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso 410541