Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2010 (07/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de enero de 2010

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 441415-8

En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente el cambio de titular solicitado por la empresa INVERSIONES HIMALAYA S.A. Articulo 2.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y consignarse en el MORDAZA web del Ministerio de la Produccion http://www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese.

Declaran improcedente titular solicitado por Himalaya S.A.

cambio de Inversiones

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 441415-9

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 930-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de noviembre de 2009 Visto los escritos con registros Nº 19293 y 33633 del 12 de marzo, 15 de junio, 01 de MORDAZA, 08 de septiembre y 30 de MORDAZA del 2009 respectivamente, presentados por la empresa INVERSIONES HIMALAYA S.A. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 43º de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Ley Nº 25977, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y juridicas requeriran de licencia para la operacion de las plantas de procesamiento pesquero de productos pesqueros; Que, de conformidad con el Articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de Licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, el Articulo 51º del precitado Reglamento la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 341-97-PE se otorga a CONSERVERA GARRIDO S.A. licencia para la operacion de su Planta de Congelado de recursos hidrobiologicos en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Km 17,2 de la carretera Sechura Bayovar (Caleta Constante), distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, Region Grau, con una capacidad instalada de 15 t/dia; Que, a traves de los escritos del visto la empresa INVERSIONES HIMALAYA S.A. solicita el cambio de titular de la licencia de operacion de la Planta de Congelado otorgada a CONSERVERA GARRIDO S.A. con Resolucion Ministerial Nº 341-97-PE; Que, del resultado de la Inspeccion tecnica efectuado el 21 de MORDAZA del 2009 a la Planta de Congelado del establecimiento industrial pesquero de INVERSIONES HIMALAYA S.A. ubicado en el distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA materia del cambio de titular se ha verificado un aumento de capacidad instalada de 15 t/dia a 15.920 t/dia, por lo que se deduce que el cambio de titular no procede por cuanto al transferencia de la licencia de operacion de CONSERVERA GARRIDO S.A. a INVERSIONES HIMALAYA S.A. no se efectua en los mismos terminos y condiciones; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en su Informe Nº 421-2009-PRODUCE/DGEPPDch., sus ampliaciones y con la opinion pertinente de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; y,

Aprueban a favor de persona juridica el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por R.M. Nº 634-97-PE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 952-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de diciembre del 2009 Visto en el escrito de Registro N° 00081443-2009 y adjunto 1 de fechas 16 de octubre y 23 de noviembre del 2009, presentado por la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 634-97-PE de fecha 20 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros, a SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ESTELITA II" de matricula CE-2458-CM, de 132.39 m3 de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 168-99-PE/ DNE de fecha 27 de MORDAZA de 1999, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 634-97-PE, en el extremo referido del numero de matricula entendiendose que ahora sera CE-2458-PM, manteniendose inalterables las demas caracteristicas tecnicas de la embarcacion y en el articulo 2º se aprobo el cambio de titular a favor de la EMPRESA PESQUERA MARINOS DEL MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera denominada "ESTELITA II" de matricula CE-2458-PM de 132.39 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 220-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de MORDAZA del 2008, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA MISTRAL S.A.C el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada "ESTELITA II" de matricula CE-2458-PM otorgado por Resolucion Ministerial Nº 634-97-PE modificado por Resolucion Directoral Nº 168-99-PE/DNE, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a la fecha la embarcacion pesquera "ESTELITA II" de matricula CE-2458-PM de 132.39 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en listado de

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