Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2010 (07/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

410540

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de enero de 2010

Descentralizacion y demas Leyes de la Republica; y el literal a) del articulo acotado senala que es funcion normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del articulo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 29053 y Ley Nº 28968; el Consejo Regional con el MORDAZA mayoritario de sus miembros aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR, en forma excepcional, la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. de la Direccion Regional de Salud - 2009, conforme a continuacion se detalla: · Direccion Regional de Salud MORDAZA, que consta de cinco (05) Titulos, seis (06) Capitulos, treinta y dos (32) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Direccion de Red de Salud Huamanga, que consta de cinco (05) Titulos, cuatro (04) Capitulos, trece (13) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Direccion de Red de Salud MORDAZA Norte, que consta de cinco (05) Titulos, cinco (05) Capitulos, diecisiete (17) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Direccion de Red de Salud Centro MORDAZA, que consta de cinco (05) Titulos, cinco (05) Capitulos, diecisiete (17) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Direccion de Red Salud Puquio, que consta de cinco (05) Titulos, cinco (05) Capitulos, diecisiete (17) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Direccion de Red Salud Coracora, que consta de cinco (05) Titulos, cinco (05) Capitulos, diecisiete (17) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Hospital Regional de MORDAZA "Miguel MORDAZA Mariscal Llerena", que consta de cinco (05) Titulos, cuatro (04) Capitulos, cincuenta y dos (52) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias, tres (03) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Hospital de Huanta, que consta de cinco (05) Titulos, cuatro (04) Capitulos, veintiun (21) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Hospital de Puquio, que consta de cinco (05) Titulos, cuatro (04) Capitulos, veintiun (21) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. · Hospital de Coracora, que consta de cinco (05) Titulos, cuatro (04) Capitulos, veintiun (21) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposicion Final; que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 016-2008-GRA/CR de fecha 21 de MORDAZA de 2008.

Articulo Tercero.- No es aplicable a la presente Ordenanza Regional, lo dispuesto por la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Regional Nº 024-2007-GRA/CR. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Direccion Regional de Salud de MORDAZA - DIRESA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 30 dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA CHUCHON MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 30 dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 442307-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Aprueban Reglamento de Conformacion y Funcionamiento de Juntas Vecinales Comunales del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Huachipa
ORDENANZA Nº 78-09-MCPSMH MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 14 de Agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CP MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA. VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 194° de la Constitucion Politica y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia y con sujecion al ordenamiento juridico vigente. Que, el numeral 8) del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece entre las atribuciones del Concejo Municipal Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, mediante Informe Nº 147-2009-GAJ/MCPSMH la Gerencia de Asesoria Juridica opina que de acuerdo al Articulo 106 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 prescribe que la Junta de Delegados Vecinales Comunales es el organo de coordinacion integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito y que estan organizadas como Juntas Vecinales. Asimismo se hace mencion al articulo 116° sobre las Juntas Vecinales estipula que los Concejos Municipales a propuesta del MORDAZA, de los Regidores o a peticion de los vecinos constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria publica a elecciones. En tal sentido la Gerencia de Asesoria Juridica recomienda

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.