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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de enero de 2010 410525 CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Reglamento del Bono Familiar Habitacional, aprobado mediante Decreto Supremo No. 013-2007-VIVIENDA, establece que el Registro de Proyectos es de carácter público y está a cargo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, facultándosele a delegar el proceso de inscripción y otorgamiento de un código para el Registro de Proyectos mediante el Reglamento Operativo respectivo; Que, mediante Resolución Ministerial No. 038-2008- VIVIENDA se delegó en el Fondo MIVIVIENDA S.A., el proceso de inscripción y otorgamiento de código de los Proyectos que se presenten al Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, para todas las modalidades de Aplicación del Bono Familiar Habitacional – BFH; Que, las modalidades de aplicación del Bono Familiar Habitacional de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio - Postulación Colectiva, son de vital importancia para el desarrollo del Programa Techo Propio, por lo que resulta necesario dotar de celeridad y efi cacia al proceso descrito en el párrafo precedente; Que, por lo expuesto es conveniente revocar la delegación efectuada mediante Resolución Ministerial No. 038-2008-VIVIENDA, reasumiendo el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el proceso de inscripción y otorgamiento de un código para el Registro de Proyectos mediante los Reglamentos Operativos respectivos; De conformidad con la Ley No. 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ley No. 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y sus modifi catorias, el Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su modifi catoria y el Decreto Supremo No. 013-2007- VIVIENDA, que aprueba el Reglamento del Bono Familiar Habitacional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Del Registro de Proyectos del Programa Techo Propio Dar por concluida la delegación efectuada al Fondo MIVIVIENDA S.A., a través de la Resolución Ministerial No. 038-2008-VIVIENDA, reasumiendo el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Vivienda, el proceso de inscripción y otorgamiento de los códigos del Registro de Proyectos de Vivienda en las modalidades de aplicación del Bono Familiar Habitacional de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio – Postulación Colectiva, en el marco del Programa Techo Propio. Artículo 2.- Comité de Registro de Proyectos El Comité de Registro de Proyectos estará integrado por: - El Director Nacional de Vivienda, quien lo presidirá; - Un representante designado por el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; y, - Un representante de la Dirección Nacional de Vivienda. Artículo 3.- Del acervo documentario El Fondo MIVIVIENDA S.A. transferirá al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo todo el Acervo Documentario del Registro de Proyectos de Vivienda de las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio – Postulación Colectiva del Programa Techo Propio. Artículo 4.- De las solicitudes A partir de la publicación de la presente Resolución, las solicitudes de inscripción en el Registro de Proyectos de Vivienda de las modalidades de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio – Postulación Colectiva del Programa Techo Propio, deberán presentarse ante la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Asimismo, las solicitudes que a la fecha de entrada en vigencia del presente dispositivo se encontrasen en trámite, deberán ser atendidas por la Dirección Nacional de Vivienda. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 442885-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban adjudicación en venta directa de predio ubicado en la provincia de Nazca, departamento de Ica, a favor de persona jurídica RESOLUCIÓN Nº 165-2009/SBN Lima, 30 de diciembre de 2009 Visto; el Expediente Nº 152-2008/SBNJAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa formulada por la empresa Transformaciones de Cobre S.A.C., del terreno eriazo de propiedad del Estado denominado San José, Sub Lote 01, Sector Chauchilla, distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca, departamento de Ica, de un área de 113,410.00 m² y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es la titular de dominio del predio denominado San José, Sub Lote 01, Sector Chauchilla, distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca, departamento de Ica, inscrito en la Partida Registral N° 11023118 del Registro de Predios de Nazca y con Registro SINABIP N° 1424 correspondiente al Libro de Ica, de un área de 113,410.00 m²; Que, la asunción de la titularidad de dominio a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, fue aprobada mediante Resolución N° 280-2009/SBN- GO-JAR de fecha 26 de noviembre de 2009, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 002-2009- VIVIENDA, que modifi có el Artículo 74º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, la empresa Transformaciones de Cobre S.A.C., representada por el señor Volker Ploog Otting, identifi cado con C.E. Nº 000170651, inscrito en la Partida Nº 11227676 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, mediante escrito recibido por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el 11 de noviembre de 2008, solicita la adjudicación en venta directa del predio descrito en el párrafo precedente, por encontrarse en posesión del predio con anterioridad al 12 de abril de 2006, de conformidad con el inciso c) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, según el Informe N° 0165-2009/SBN-GO- JAD de fecha 28 de abril de 2009, con la conformidad