Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2010 (18/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 395-2009-CE-PJ MORDAZA, 21 de diciembre de 2009 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de Huaytara, Departamento de Huancavelica, Distrito Judicial de Ica, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de Huaytara, Departamento de Huancavelica, Distrito Judicial de Ica, a una plaza de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se sustenta en motivos de salud; Segundo: Al respecto, el magistrado recurrente presenta el Informe Medico obrante a fojas 13 , elaborado por el doctor MORDAZA Sucapuca MORDAZA, Medico Cirujano del Centro de Salud de Huaytara, por el que se describen de manera detallada las atenciones que ha recibido durante los anos 2007 y 2008, y en donde consta lo siguiente: a) Con fecha 10 de octubre de 2007 P/A 140/95 mmhg, luego de la correspondiente evaluacion se le diagnostico Faringoamigdalitis Aguda e Hipertension Arterial Esencial; b) Con fecha 19 de octubre de 2007 donde se consigna signos y sintomas compatibles como P/A 150/95 mmhg, con diagnostico de Crisis Hipertensiva; c) Con fecha 30 de noviembre de 2007 se consigna sintomas y signos P/A 150/100 mmhg, con diagnostico Hiopertension Arterial, Crisis Hipertensiva, recomendandosele tratamiento medicamentoso y dieta; d) Con fecha 21 de diciembre de 2007 se consigna sintomas y signos de P/A 150/90 mmhg, con diagnostico de Hipertension Arterial Descompensada, e interconsulta con Cardiologia; y, e) Con fecha 13 de febrero de 2008, se consignan sintomas y signos de P/A 160/90 mmhg, con diagnostico de Hipertension Arterial Descompensada, Angor Pectoris, D/C Ateroesclerosis, Ansiedad, recomendandosele evaluacion por especialidad; Tercero: Asimismo, el magistrado recurrente presenta el Informe Medico de fecha 11 de agosto del ano proximo pasado, obrante a fojas 4, emitido por la doctora Angolina MORDAZA MORDAZA, Cardiologa de la Clinica San MORDAZA de ESSALUD de MORDAZA, mediante el cual se le diagnostico hipertension arterial, dolor precordial, angina de MORDAZA, coronariopatia y dislipidemis; Cuarto: En similar direccion, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico Cirujano de la Posta Medica de Huaytara de ESSALUD ­ Huancavelica, mediante Informe Medico de fecha 15 de setiembre de 2008, obrante a fojas 3, coincide con el diagnostico establecido por la Clinica San MORDAZA de ESSALUD de MORDAZA, y recomienda que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA labore en una localidad que cuente con Hospitales de nivel III y IV, y que se encuentre ademas en Departamento ubicado a baja altitud; Quinto: Que en igual perspectiva, a fojas 116 obra el Informe Medico emitido por el Jefe del Centro Salud de Huaytara, Departamento de Huancavelica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en el que se deja MORDAZA que el magistrado recurrente ha sido atendido en multiples oportunidades por el equipo medico del citado establecimiento de salud, y por el que se concluye que debido a la Hipertension Arterial que padece, y dada la recurrencia de MORDAZA de crisis que ha venido sufriendo tal como se evidencia de las mencionadas atenciones, se precisa que dicha enfermedad por las alteraciones hemodinamicas y fisiopatologicas que produce y por el elevado factor de riesgo existente podria desencadenar accidentes cerebro vasculares, renales, hemorragia intracerebral, con posibilidad de muerte. Sobre el particular, se agrega que es necesario que el MORDAZA tenga control medico eficaz y oportuno de la hipertension arterial a fin de prevenir o evitar las complicaciones que podrian derivarse por tan delicada afeccion, y de esa

manera prolongar la MORDAZA del paciente; situacion que requiere de evaluacion periodica, MORDAZA y especifica de especialistas cardiovasculares, los mismos que solo pueden encontrarse en Establecimientos de Salud de mayor complejidad; por todo lo cual se recomienda entre otros aspectos que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA viva o realice actividades cotidianas en el llano, aproximadamente a 500 metros sobre el nivel del mar; Sexto: Que, sin perjuicio de lo senalado precedentemente, estando al analisis del cuadro de plazas vacantes remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, y apreciandose la existencia de plazas vacantes de Juez de Familia y Mixto en Canete y Yauyos, Distrito Judicial de Canete, respectivamente; y teniendo en cuenta el requerimiento formulado por este Organo de Gobierno con fecha 14 de octubre del ano en curso, a fin de que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se pronuncie respecto a la posibilidad de que por las razones de salud acreditadas en los presentes actuados, precise si es factible su traslado a alguna de las sedes mencionadas. En ese orden de ideas, el citado magistrado mediante escrito de fecha 7 de los corrientes, ha manifestado su expreso consentimiento para que su traslado se efectivice en la plaza vacante del Juzgado de Familia del Distrito Judicial de Canete; lo que le permitira continuar con su tratamiento en el Instituto Nacional del Corazon ­ INCOR, de la MORDAZA de MORDAZA, considerando la cercania entre MORDAZA circunscripciones, asi como por el hecho de que Canete se encuentra a nivel del mar; Setimo: Que, siendo esto asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud expuestas por el magistrado recurrente, a que se refiere el articulo 3º del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado al Distrito Judicial de Canete, que en la actualidad cuenta con plaza vacante del mismo nivel en la sede de la citada Corte Superior de Justicia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12º del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad en parte con el informe de fojas 84 a 86, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de Huaytara, Corte Superior de Justicia de Ica; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de Juez de Familia de Canete, Distrito Judicial del mismo nombre. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y de Canete, Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 446749-6

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