Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2010 (29/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 9º.- De las Funciones de la Comision Interinstitucional Las funciones de la Comision son: a) Evaluar la viabilidad de la expansion minera en relacion al diagnostico geologico y MORDAZA ambiental de la MORDAZA donde se ubica la MORDAZA de Cerro de Pasco. b) Requerir la elaboracion de los estudios de base y demas estudios que resulten necesarios para la reubicacion optima de la MORDAZA de Cerro de Pasco. c) Elaborar y aprobar los lineamientos, las estrategias y el plan de reubicacion. d) Elaborar y aprobar los Planes de Control de MORDAZA Contaminadoras, de Restauracion Ambiental y de Atencion de Salud. La restauracion ambiental de las zonas afectadas con pasivos ambientales debe considerar las limitaciones al acceso a las areas que contengan tales pasivos. e) Establecer los lineamientos y criterios para la elaboracion y aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA y Rural sostenible de la MORDAZA de Cerro de Pasco, teniendo como eje la reubicacion de la ciudad. f) Elaborar y aprobar el Plan de Contingencia para cada uno de los planes. g) Establecer el procedimiento para la valorizacion de los predios afectados y el sistema indemnizatorio y compensatorio que corresponda. h) Disenar y proponer el presupuesto de los planes MORDAZA referidos, asi como el esquema de financiamiento correspondiente; en concordancia con el articulo 23° de la presente norma. i) Efectuar las coordinaciones necesarias para la elaboracion de la zonificacion ecologica economica y ordenamiento territorial para Cerro de Pasco. Para el cumplimiento de las funciones establecidas en el articulo 2 o de la Ley, se conformaran Grupos de Trabajo Especializado, segun las necesidades de la Comision. Articulo 10°.- Difusion de informacion La Comision Interinstitucional y las entidades comprometidas en el MORDAZA de reubicacion deberan utilizar los mecanismos de difusion necesarios para dar conocer la implementacion de lo establecido en la Ley y el presente Reglamento. Articulo 11°.- De los Grupos de Trabajo Especializado (GTE) La Comision Interinstitucional podra formar Grupos de Trabajo Especializado (GTE) para brindar apoyo en la elaboracion, supervision y/o evaluacion de documentos de gestion, tales como: estudios, planes, programas, proyectos y otros, relacionados con el MORDAZA de reubicacion y desarrollo MORDAZA sostenible de la MORDAZA de Cerro de Pasco. Los GTE que se conformen seran integrados por los representantes de la Comision Interinstitucional directamente vinculados con el encargo que se realice al referido GTE, pudiendose ademas solicitar la participacion de representantes de otras entidades estatales asi como del sector privado y organizaciones sociales de la MORDAZA de Cerro de Pasco a que se refiere la Ley. En tal sentido, los GTE estaran conformados, como minimo, de la siguiente manera: a) Por los representantes de los Ministerios del Ambiente y Energia y Minas; de la Municipalidad Provincial de Pasco y de la Direccion Regional de Mineria de Pasco, para apoyar en la evaluacion de la viabilidad de la expansion minera sobre la MORDAZA y en elaboracion de los planes de control de las MORDAZA contaminadoras y de restauracion ambiental. b) Por los representantes del Ministerio de Salud y de la Direccion Regional de Salud de Pasco, para apoyar en la elaboracion de la propuesta del plan de atencion de salud. c) Por los representantes de los Ministerios de Vivienda, Construccion y Saneamiento; de la Mujer y Desarrollo Social y del Ambiente; del Gobierno Regional de Pasco y de la Municipalidad Provincial de Pasco, para apoyar en la elaboracion de los lineamientos, las estrategias y el plan de reubicacion, asi como del plan de desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Cerro de Pasco, del plan de desarrollo rural sostenible de la provincia de Pasco y del plan de acondicionamiento territorial provincial

d) Por los representantes de los Ministerios de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Salud; Ambiente y Energia y Minas; de la Municipalidad Provincial de Pasco y de las organizaciones sociales, para apoyar en la elaboracion del procedimiento para la valorizacion de los predios afectados y el sistema de indemnizacion justipreciada que corresponda. e) Por los representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros; de los Ministerios del Ambiente; de Economia y Finanzas; de Energia y Minas; de Salud; Vivienda, Construccion y Saneamiento y de la Mujer y Desarrollo Social; asi como del Gobierno Regional de Pasco y de la Municipalidad Provincial de Pasco, para apoyar en el diseno de los presupuestos de los planes y el esquema de financiamiento. La Comision Interinstitucional, a traves de su Presidencia podra convocar a los sectores u organismos estatales asi como a las organizaciones civiles, colegios profesionales y universidades que puedan apoyar el desarrollo de las actividades encomendadas. Los integrantes de la Comision Interinstitucional podran solicitar informacion sobre los avances de los GTE. TITULO III DESARROLLO MORDAZA SOSTENIBLE CONCERTADO Y REUBICACION DE LA MORDAZA DE CERRO DE PASCO Capitulo 1 El Plan de Reubicacion Articulo 12°.- Recoleccion de Informacion para la elaboracion del Plan de Reubicacion Para la elaboracion del plan de reubicacion todas las entidades del gobierno nacional, regional y local deberan proporcionar la informacion disponible necesaria en forma gratuita, actualizada y oportuna. Asimismo, las entidades privadas, organizaciones sociales u otras similares brindaran el apoyo y la colaboracion que se requiera para viabilizar el recojo de informacion requerida. El Plan de Reubicacion contemplara los mecanismos de adquisicion mediante transferencia o expropiacion de acuerdo con la ley de la materia. Articulo 13°.- Prioridades de la Reubicacion Las prioridades del plan de reubicacion deben considerar las poblaciones afectadas, las familias de las viviendas con mayores danos y las instituciones publicas que acompanen el MORDAZA de reubicacion, asi como las areas fijadas en las etapas acordadas en la reubicacion en el MORDAZA del estudio para establecer las condiciones politicas, economicas, ambientales y sociales de la reubicacion y de los lineamientos y criterios establecidos para elaborar y aprobar el plan de desarrollo MORDAZA y rural sostenible de Cerro de Pasco segun el literal d, numeral 1 del articulo 2 o de la ley. Articulo 14°.- Fases del MORDAZA de Reubicacion Las fases del MORDAZA de reubicacion se encuentran desarrolladas en el Art. 3 de la Ley y comprende las siguientes acciones: a) Estudio para establecer las condiciones economicas, ambientales, sociales y politicas, comprende la elaboracion de un diagnostico de los actores politicos, sociales y economicos para implementar la reubicacion. b) Actualizar el catastro MORDAZA para identificar a los propietarios, los posesionarios e inquilinos de las viviendas, establecer las viviendas danadas segun grado de riesgo y determinar los titulos de propiedad no inscritos. El reconocimiento de las unidades catastrales se MORDAZA para aquellas inscritas en el catastro fisico predial de la Municipalidad Provincial de Pasco y las correspondientes a las Distritales del ambito de la MORDAZA hasta la fecha de corte. c) El estudio de prefactibilidad para presentar las alternativas de ubicacion geografica de la nueva ciudad. d) Realizar la consulta ciudadana para elegir la ubicacion geografica de la nueva MORDAZA mediante

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