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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (10/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de febrero de 2010 413548 Que, el numeral 2 del artículo 36º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las comisiones multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, y se formalizan mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, ese sentido, resulta necesario conformar una Comisión Multisectorial de Expertos que evalúe la pertinencia de la utilización a nivel nacional del rodenticida “Biorat” y asimismo, que meritúe la suspensión o cancelación de la autorización sanitaria otorgada al citado rodenticida, con plazos perentorios para su pronunciamiento; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 36º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación de la Comisión Multisectorial Créase la Comisión Multisectorial de Expertos adscrita al Ministerio de Salud, encargada de evaluar la pertinencia de la utilización a nivel nacional del rodenticida “Biorat” y asimismo, meritúe la suspensión o cancelación de la respectiva autorización sanitaria, la misma que estará conformada por los siguientes integrantes: - Un representante de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, quien la preside. - Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura - SENASA. - Un representante de la Facultad de Salud Pública de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. - Un representante de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. - Un representante de la Dirección Regional de Salud Lambayeque. - Un representante de la Dirección Regional de Salud Ica. - Un representante del Colegio Médico del Perú. - Un representante del Colegio de Biólogos del Perú. - Un representante del Consejo Nacional de Salud. - Un representante del Instituto Nacional de Salud. - Un representante de la Dirección General de Epidemiología. Artículo 2º.- Designación de representantes Las entidades públicas que conforman la Comisión Multisectorial designarán a sus representantes, titulares y alternos dentro de los cinco (5) días hábiles de publicada la presente resolución. En el caso de las instituciones mencionadas en el artículo precedente, sus representantes titulares y alternos, serán acreditados ante el Presidente de la Comisión Multisectorial, a fi n que sean designados mediante resolución ministerial del Ministerio de Salud, dentro del plazo antes señalado. Artículo 3º.- Instalación e Informe Técnico La Comisión Multisectorial de Expertos se instalará en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución, debiendo presentar al Despacho Ministerial del Ministerio de Salud el informe técnico sobre el encargo señalado en el artículo 1º de la presente resolución, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días hábiles, contados desde el día de su instalación. Artículo 4º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura y Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 456230-4 Autorizan viaje de Presidente Ejecutivo de OSINFOR a EE.UU. en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 028-2010-PCM Lima, 9 de febrero de 2010 Visto, el Ofi cio Núm. 028-2010-OSINFOR/PE del Presidente Ejecutivo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR; CONSIDERANDO: Que, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha invitado al Presidente Ejecutivo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, para que asista a una reunión para la implementación del Capítulo Ambiental y del Anexo Forestal del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos de América, evento en el que se tratará como temas principales, el análisis conjunto del primer borrador de la nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre y la instalación ofi cial del Consejo de Asuntos Ambientales; Que, la citada reunión se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 16 al 19 de febrero de 2010; Que, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, creado por Decreto Legislativo Nº 1085, está encargado de la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas en la Ley de la materia; Que, por consiguiente es necesario autorizar el viaje del Presidente Ejecutivo de OSINFOR, cuyos gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto se encontrarán a cargo del Pliego Presupuestal del OSINFOR; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley Nº 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2010; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor RICHARD ERNESTO BUSTAMANTE MOROTE, Presidente Ejecutivo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 19 de febrero de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el presente viaje serán asumidos por el Pliego Presupuestal del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, conforme al siguiente detalle: Pasaje Aéreo ida y vuelta US$ 1 430,10 Viáticos US$ 1 100,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración del pago de impuestos y/o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 456230-5