Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2010 (10/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

413565

Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

455410-3

Modifican la R.D. PRODUCE/DNEPP



216-2003-

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 26 de enero del 2010 Visto el escrito de registro Nº 00094915 de fecha 27 de noviembre del 2009, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA CHANCAFE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ARROYO. CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que en el caso de recursos hidrobiologicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria, actualmente, de la Produccion, no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso a esas pesquerias, bajo responsabilidad; salvo que se sustituya capacidad de bodega de la flota existente en la pesqueria de los mismos recursos hidrobiologicos; Que, el primer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley 26920, aprobado por Decreto Supremo 003-98PE, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0032000-PE, por el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 0042002-PRODUCE, y por el Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, establece que la sustitucion de embarcaciones pesqueras a que se refiere el articulo 24º de la Ley General de Pesca y los articulos 12º y 18º de su Reglamento, solo se autorizara a las embarcaciones comprendidas en el regimen establecido por la Ley 26920, siempre que se sustituya por otras de MORDAZA, cuya capacidad de bodega estara sujeta al volumen de bodega a sustituir; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece que las autorizaciones de incremento de flota via sustitucion de bodega, no podran exceder de 110 m3 de capacidad de bodega, siendo en lo demas aplicable lo dispuesto en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Asimismo, establece que las embarcaciones pesqueras que MORDAZA materia de sustitucion, deberan ser desguasadas como requisito previo para el otorgamiento del permiso de pesca a la nueva embarcacion; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 2162003-PRODUCE/DNEPP de fecha 22 de MORDAZA del 2003, se otorgo permiso de pesca a favor de los senores MORDAZA MORDAZA CHANCAFE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO de matricula PL-18108-CM con 48.43 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de noviembre del 2007, se ha resuelto caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, cuya relacion se detalla en el Anexo de dicha resolucion, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para

el consumo humano directo e indirecto. En la relacion de embarcaciones (numeral 72) del Regimen de la Ley 26920 del Anexo de la Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, se consigna a la embarcacion MORDAZA EN TI CONFIO de matricula PL-18108-BM; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 009-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de enero del 2009, se otorgo autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA EN TI CONFIO de matricula PL-18108-CM hasta 81.43 m3, via sustitucion de la embarcacion pesquera MI MILAGRITOS de matricula PL-11292-CM, de 33.00 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina para el consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, a traves del escrito del visto, los senores MORDAZA MORDAZA CHANCAFE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, solicitan la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA EN TI CONFIO de matricula PL-18108-CM, en el extremo referido a la capacidad de bodega, en virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 009-2009PRODUCE/DGEPP; Que, de acuerdo a la evaluacion de los documentos presentados, se observa que los administrados han presentado los requisitos acorde a su solicitud, encontrandose estos conforme a los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; ademas se observa que los mismos acreditan tener el dominio de la embarcacion MORDAZA EN TI CONFIO de matricula PL-18108-CM, y que ademas acreditan que dicha embarcacion ha sido objeto de modificacion estructural y de incremento de capacidad de bodega a 81.53 m3, segun consta en el Certificado de Arqueo Nº DI-03010279-06-03 del 02 de MORDAZA del 2009 y el Certificado de Matricula expedido por la Capitania de Puerto de MORDAZA de fecha 13 de MORDAZA del 2009; por lo que seria procedente atender la solicitud de los administrados; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 13172009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley N° 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-1998, y modificado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE, Ley Nº 27444 General del Procedimiento Administrativo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 2162003-PRODUCE/DNEPP de fecha 22 de MORDAZA del 2003, con el que se otorgo permiso de pesca a favor de los senores MORDAZA MORDAZA CHANCAFE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO de matricula PL-18108-CM, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion; entendiendose que actualmente la referida embarcacion posee 81.43 m3 de capacidad de bodega, con acceso a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo. Articulo 2º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion sustituida MI MILAGRITOS de matricula PL11292-CM otorgada a traves de la Resolucion Directoral Nº 011-99-CTAR-LL/DIREPE de fecha 15 de febrero de 1999; debiendose excluir del listado de embarcaciones con permiso de pesca vigente publicados por Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- Incorporar la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- En virtud de haberse ejecutado, dejese sin efecto la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral N° 009-2009-PRODUCE/DGEPP del 12 de enero del 2009.

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