Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2010 (10/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

413561

VISTOS; el Oficio Nº 0419-2010-PRODUCE/ DIGSECOVI y el Informe Tecnico Nº 004-2010-PRODUCE/ DIGSECOVI ambos de fecha 1 de febrero de 2010 de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Informe Nº 020-2010-PRODUCE/OGPP-Op de fecha 25 de enero de 2010 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, los Memorandos Nº 0181 y 0188-2010-PRODUCE/OGA de fechas 28 y 29 de enero de 2010, respectivamente, ambos de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 011-2010-PRODUCEOGAJ-imatias de la Oficina General de Asesoria Juridica de fecha 1 de febrero de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (AMA) N° 06, de fecha 6 de enero de 2010, la Directora de Soberania Maritima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunico al Despacho Viceministerial de Pesqueria del Ministerio de la Produccion que el Director Ejecutivo de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) mediante Carta TF 45-01-03-C-8-2-1000 del 18 de diciembre de 2009, ha invitado al Peru a participar en calidad de observador en la "Reunion Tripartita de expertos para la adopcion de pautas para el control por el Estado rector del puerto de aplicacion del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (num. 188)", la cual se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Suiza, del 15 al 19 de febrero de 2010; Que, mediante Oficio Nº 103-2010-PRODUCE/ DVP de fecha 29 de enero de 2010, el Despacho Viceministerial de Pesqueria del Ministerio de la Produccion acredita ante la Directora de Soberania Maritima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de la Produccion, en la citada Reunion; Que, la Conferencia General de la Organizacion Internacional del Trabajo, con fecha 14 de junio de 2007, adopto el Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (Num. 188), siendo su objetivo: "garantizar que los pescadores gocen de condiciones de trabajo decentes a bordo de los buques pesqueros en lo que atane a requisitos minimos para el trabajo a bordo, condiciones de servicio, alojamiento y comida, proteccion en materia de seguridad y salud en el trabajo, atencion medica y seguridad social"; Que, dado que Peru es un MORDAZA pesquero de reconocimiento mundial, que cuenta con una flota importante a nivel nacional, ultimamente con presencia en aguas internacionales, resulta trascendental, iniciar un MORDAZA gradual y consistente de adecuacion a las normas internacionales que entraran en MORDAZA a nivel mundial proximamente en materia de condiciones de trabajo decentes a bordo de los buques pesqueros, en lo que atane a requisitos minimos para el trabajo a bordo, condiciones de servicio, alojamiento y comida, proteccion en materia de seguridad y salud en el trabajo, atencion medica y seguridad social; Que, la participacion de un representante del Ministerio de la Produccion resulta ser primordial para los intereses nacionales, toda vez que el resultado de la Reunion de expertos, consistira en la elaboracion de una MORDAZA de desarrollo del Convenio sobre el trabajo en la pesca (Num. 188), respecto a las inspecciones de buques pesqueros por parte del Estado rector del puerto, que importa al Peru en su doble condicion de Estado de abanderamiento y de Estado rector del puerto, por lo que es conveniente la asistencia al debate y examen del proyecto de pautas o procedimientos para el control por el Estado rector del puerto de la aplicacion del indicado Convenio, que la Organizacion Internacional del Trabajo pondra a consideracion de los grupos de expertos de gobiernos, de empleadores y de trabajadores; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, de Administracion y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, la Ley Nº 27619 Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Despacho Viceministerial de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, a la MORDAZA de MORDAZA, Suiza, del 13 al 20 de febrero de 2010, para los fines expuestos en la parte consideratriva de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos por el Pliego 038: Ministerio de la Produccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos (US$ 260 x 6 dias) TUUA Internacional US$ US$ US$ 1 742,01 1 560,00 31,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado funcionario debera presentar al Titular del Sector, con MORDAZA a sus Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Administracion, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con la correspondiente rendicion de cuentas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

456230-13

Otorgan autorizacion a Gam Corp S.A. para incrementar la capacidad instalada de planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 041-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 26 de enero del 2010 Visto los escritos con registro N° 00093655-2009 y adjunto de fechas 23 de noviembre de 2009 y 15 de enero de 2010, presentados por la empresa GAM CORP S.A. CONSIDERANDO: Que, el literal b) del articulo 43º, del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas requeriran autorizacion para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros; Que, asimismo, los articulos 44º, 45º y 46º de la Ley General de Pesca ­ Decreto Ley Nº 25977, establecen que las concesiones, autorizaciones y permisos se otorgaran a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos, cuyo monto, forma de pago y destino, seran fijados mediante Resolucion Ministerial, y seran otorgados a nivel nacional, por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion); Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que, las personas naturales y juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de capacidad de operacion

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