Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2010 (10/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de febrero de 2010

Metas de Inversion para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica por las Empresas y Entidades del Estado". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 134
DECRETO SUPREMO N° 008-2010-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 12° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11° de la mencionada Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 070-2007-EM de fecha 20 de noviembre de 2007, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 134, ubicado entre las provincias de MORDAZA y Ucayali del departamento de MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y TALISMAN (PERU) LTD., SUCURSAL PERUANA, y ECOPETROL DEL PERU S.A.; Que, con Carta N° Per-002-09-Gen, de fecha 13 de MORDAZA de 2009, TALISMAN (PERU) LTD., SUCURSAL PERUANA, comunico a PERUPETRO S.A. que por el cambio del domicilio social de su sociedad principal, TALISMAN (PERU) LTD., de MORDAZA - Canada a Luxemburgo, debe modificarse la denominacion social de la sociedad principal de TALISMAN (PERU) LTD. a TALISMAN (PERU) S.a.r.l.; Que, en la Clausula Tercera de la Escritura Publica, de fecha 24 de MORDAZA de 2009, otorgada ante el Notario de MORDAZA MORDAZA Fernandini MORDAZA, se establecio, entre otros, que mediante Asamblea General Extraordinaria de TALISMAN (PERU) S.a.r.l., de fecha 17 de MORDAZA de 2009, se acordo la fusion de TALISMAN (PERU) S.a.r.l., con las sociedades TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.a.r.l. y TALISMAN PERU B.V., mediante la absorcion de TALISMAN (PERU) S.a.r.l. y TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.a.r.l., por parte de TALISMAN PERU B.V.; Que, como inserto de la Escritura Publica, de fecha 24 de MORDAZA de 2009, otorgada ante el Notario de MORDAZA MORDAZA Fernandini MORDAZA, se encuentran las Resoluciones Circulares del Consejo Administrativo de TALISMAN (PERU) S.a.r.l., de fecha 19 de febrero de 2009, cuya Resolucion MORDAZA establece que el Consejo resuelve que el nombre de la sucursal sea cambiado en el registro peruano de la Sucursal, debido al cambio de jurisdiccion y cambio de domicilio de la Compania, de TALISMAN (PERU) LTD., SUCURSAL PERUANA a TALISMAN (PERU) S.a.r.l., SUCURSAL PERUANA; Que, como consecuencia de la fusion de TALISMAN PERU B.V., con las sociedades TALISMAN (PERU) S.a.r.l. y TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.a.r.l., mediante la absorcion de TALISMAN (PERU) S.a.r.l. y TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.a.r.l., por parte de TALISMAN PERU B.V.; sus sucursales en el Peru, TALISMAN (PERU), S.a.r.l., SUCURSAL PERUANA, y TALISMAN PETROLERA DEL PERU, S.a.r.l., SUCURSAL DEL PERU, se fusionaron con TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERU, siendo absorbidas por esta ultima; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 098-2009, de fecha 26 de noviembre de 2009, aprobo el Proyecto de Modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 134, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion;

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EDUCACION
Ratifican para el Periodo Lectivo 2010 la Directiva N° 003-2009-ME/SG-OGAUPER
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0121-2010-ED
MORDAZA, 8 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del articulo 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, es funcion del Ministerio de Educacion, entre otras, el definir las politicas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la MORDAZA publica magisterial; Que, es necesario contar con normas tecnicas relacionadas con la contratacion de Auxiliares de Educacion y de Asistentes de Taller por servicios personales, con el fin de uniformizar el procedimiento en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 24029 Ley del Profesorado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-90-ED y demas normas legales y administrativas vigentes; Que, es necesario ratificar la vigencia para el Ano Fiscal 2010 de la Directiva Nº 003-2009-ME/SG-OGAUPER sobre "Proceso para Contratacion de Auxiliares de Educacion en Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular (Inicial y Secundaria), Educacion Basica Especial y de Asistentes de Taller en Educacion Superior No Universitaria del Sector Educacion para el periodo 2009", aprobada con Resolucion Jefatural Nº 0015-2009ED; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510, Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar para el Periodo Lectivo 2010 la Directiva Nº 003-2009-ME/SG-OGA-UPER sobre "Proceso para Contratacion de Auxiliares de Educacion en Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular (Inicial y Secundaria), Educacion Basica Especial y de Asistentes de Taller en Educacion Superior No Universitaria del Sector Educacion para el periodo 2009", aprobada con Resolucion Jefatural Nº 0015-2009-ED. Articulo 2º.- La presente Resolucion es de observancia y cumplimiento obligatorio en las instancias de gestion educativa descentralizada senaladas en los incisos a), b) y c) del articulo 65º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion, incluidas las Municipalidades del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MAGNET MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Personal

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