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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de febrero de 2010 413552 prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas; Que, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 001-2010, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Hiroshima, Japón, del personal que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participará en la Reunión SOM 1 de APEC y la reunión previa a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, en las fechas que a continuación se indica: Señores Fechas del viaje: Julio José Chan Sánchez Del 19 de febrero al 7 de marzo de 2010 Vanessa Uchiyama de la Puente Del 19 al 27 de febrero de 2010 Teresa Stella Mera Gómez Del 2 al 7 de marzo de 2010 Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Julio José Chan Sánchez (del 19 de febrero al 7 de marzo de 2010): Pasajes : US$ 3,750.96 Viáticos (US$ 260,00 x 16 días) : US$ 4 160,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Vanessa Uchiyama de la Puente (del 19 al 27 de febrero de 2010): Pasajes : US$ 3 750,96 Viáticos (US$ 260,00 x 8 días) : US$ 2 080,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Teresa Stella Mera Gómez (del 2 al 7 de marzo de 2010): Pasajes : US$ 3 408,24 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 456230-12 DEFENSA Autorizan viaje de Embajadores, oficial de la Marina y funcionario, a EE.UU. y Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 082-2010-DE/SG Lima, 9 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, durante el mes de febrero de 2010, se han programado una reunión de trabajo con el Secretario de Defensa de los Estados Unidos de América, el Consejo Nacional de Seguridad, la Secretaria de Estado y el Comando Sur de los Estados Unidos de América, así como la reunión de trabajo con el Ministro de Defensa de la República de Colombia y la III Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política (2 + 2) Perú – Colombia; Que, las actividades que se desarrollarán, permitirán estrechar y fortalecer las relaciones con ambos países y aumentar la cooperación bilateral; Que, las actividades que se autorizan con la presente Resolución, han sido incluidas en el Anexo 01 , Rubro 5 : Medidas de Confi anza Mutua, Item 11, de la Resolución Suprema Nº 060 -2010 DE/SG del 01 de febrero de 2010 con la que se modifi ca la Resolución Suprema Nº 534 - 2009 DE/SG del 18 de diciembre de 2009, que aprobó el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de enero y febrero del Año 2010; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 -Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 -Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29465 –Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 14 al 20 de febrero de 2010, el viaje en Comisión de Servicio del Embajador José Antonio BELLINA ACEVEDO, DNI N° 10272681, Viceministro de Políticas para la Defensa, y del Capitán de Navío Santiago Guillermo LLOP MESEGUER, DNI N° 06675288, Director de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, para que participen en las siguientes actividades: - En los Estados Unidos de América : Reunión de trabajo con el Secretario de Defensa, el Consejo Nacional de Seguridad, Secretaria de Estado y el Comando Sur de los Estados Unidos de América, que se desarrollarán en la ciudad de Washington, del 14 al 17 de febrero de 2010. -En la República de Colombia : Reunión de trabajo con el Ministro de Defensa y III Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política (2 + 2) Perú – Colombia que se desarrollarán en la ciudad de Bogotá, del 18 al 20 de febrero de 2010. Artículo 2º.- Autorizar del 17 al 20 de febrero de 2010, el viaje en Comisión de Servicio del Embajador Helí Adelfo PELÁEZ CASTRO, DNI N° 06309336, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, y del Doctor Luis COBEÑA NAVARRETE, Jefe de Gabinete del Ministerio de Defensa, DNI Nº 07953429, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, quienes participarán en la III Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política (2 + 2) Perú – Colombia. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima – Washington - Miami – Bogotá - Lima ): US$ 2, 550.00 x 2 personas Pasajes (Lima – Bogotá - Lima ): US$ 1,074.50 x 2 personas