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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (20/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de febrero de 2010 414304 petitorios, tramitación, otorgamiento de concesiones y extinción y en general todo el procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y su Reglamento; Con la visación de la División de Concesiones y Catastro Minero y Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el otorgamiento de 06 concesiones mineras cuyos Títulos fueron aprobados en el mes de Junio del 2009, por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura, de acuerdo a la nomenclatura que se indica y para los efectos que se contraen los artículos 124 del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C)NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL; E)ZONA ; F)COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS I. A) GRACIA B) 010099708 C) S.M.R.L. CERRO MOCHO S.R.L. D) 040-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA – 420030-DR E) 17 F) V1: N9469 E502 V2: N9467 E502 V3: N9467 E501 V4: N9469 E501. 2.A) MISERICORDIA B) 010099808 C) S.M.R.L. CERRO MOCHO S.R.L. D) 039-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA – 420030-DR E) 17 F) V1: N9470 E505 V2: N9468 E505 V3: N9468 E503 V4: N9467 E503 V5: N9467 E502 V6: N9469 E502 V7: N9469 E504 V8: N9470 E504. 3.A) YURIKO 3 B) 010509407 C)FOSYEIKI S.A.C. D) 049-2009/ GOBIERNO REGIONAL PIURA – 420030- DR E) 17 F)V1: N9336 E531 V2: N9335 E531 V3: N9335 E529 V4: N9336 E529. 4.A) FOSYEIKI 3 B) 010483106 C) JUAN YEIKI AZAMA HIGA. D) 042-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA – 420030-DR E) 17 F)V1 N9329 E534 V2: N9327 E534 V3: N9327 E533 V4: N9329 E533. 5.A) ARCO IRIS 3 B) 010463207 C) EUSEBIO MARIO ROJAS LUQUE. D) 041-2009/GOBIERNO REGIONAL PIURA – 420030-DR E)17 F)V1 N9336 E522 V2: N9335 E522 V3: N9335 E520 V4: N9336 E520. 6.A) NICANOR SEBASTIAN VII 3 B) 700000408 C)NICANOR JUSTINO VILCHEZ ORTIZ. D) 038-2009/ GOBIERNO REGIONAL PIURA – 420030-DR E)17 F)V1: N9355 E503 V2: N9354 E503 V3: N9354 E502 V4: N9355 E502. Regístrese y publíquese. MIGUEL E. KUZMA ALFARO Director Regional de Energía y Minas 459867-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza que fija monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2010 y su distribución a domicilio en el distrito de Santiago de Surco ACUERDO DE CONCEJO N° 045 Lima, 11 de febrero de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de febrero del 2010, el Informe N° 004-181-000000131 del 02 de febrero del 2010 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnico y legal favorable con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 350-MSS que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010 en el Distrito de Santiago de Surco, lo que es puesto a nuestra consideración mediante Ofi cio N° 001-090-005646; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que, asimismo, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio (S/. 14.40). Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto N° 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, la facultad de emitir opinión técnico legal acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Ofi cio N° 22-2010-SG-MSS del 08 de enero del 2010, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco ingresó su solicitud de ratifi cación de la Ordenanza N° 350-MSS, a través de la cual establece los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010, durante la tramitación, el Servicio de Administración Tributaria, mediante Ofi cio N° 004-090-00006442, comunica a la Municipalidad las observaciones técnicas y legales detectadas durante la evaluación del expediente; en respuesta a dicho requerimiento, mediante Ofi cio N° 87-2010-SG-MSS del 26 de enero del 2010, el mencionado Distrito absolvió las observaciones formuladas, enviando para tal efecto la información solicitada. Que, mediante Ordenanza N° 607, publicada el 24 de marzo del 2004, la Municipalidad Metropolitana de Lima estableció un nuevo procedimiento para la ratifi cación de las Ordenanzas tributarias, cuya Sexta Disposición Final indica que sus disposiciones serán de aplicación para la tramitación de los procedimientos de ratifi cación de Ordenanzas tributarias distritales que aprueban derechos, por lo que corresponde que la presente solicitud sea tramitada según lo establecido en dicha Ordenanza. Que, el Servicio de Administración Tributaria ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones establecidas en la Ordenanza N° 607, emitiendo la Gerencia de Asuntos Legales del SAT el Informe Técnico Legal N° 004-181- 000000131 de fecha 02 de febrero del 2010, con opinión favorable, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. La Ordenanza N° 350-MSS, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco establece el monto por concepto del derecho de emisión mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010, se encuentra conforme con las disposiciones sobre la materia recogidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. 2. El monto por concepto del derecho de emisión mecanizada del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010 exigible a los contribuyentes por el primer predio asciende a S/. 2.40; y por cada predio adicional