Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2010 (20/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de febrero de 2010

de caracter interno con respecto al tratamiento de las donaciones, expidiendose para ello el Decreto de Alcaldia correspondiente. Que, de conformidad por los precitados fundamentos se ha elaborado la propuesta de Directiva por la cual se senalan las normas y procedimientos internos para la aceptacion y entrega de donaciones, la cual sera de aplicacion obligatoria para todas las unidades organicas que conforman la Municipalidad Distrital de Ate. Que, mediante Informe Nº 1239-2009-MDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, opina por su procedencia, indicando que debera ser aprobada por la MORDAZA autoridad. Que, mediante Proveido Nº 336-2010-MDA/GM el Gerente Municipal, senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 0012010-MDA "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACEPTACION Y ENTREGA DE DONACIONES EFECTUADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE", la misma que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Articulo 2º.- Disponer se publique el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el integro del anexo mencionado. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planificacion, Oficina de Racionalizacion y Estadistica, Oficina de Informatica y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 459756-1

Aprueban Directiva "Inscripcion y Baja de Oficio de Declaracion Jurada del Impuesto Predial"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005 Ate, 16 de febrero de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO el Informe Nº 0006-2010-MDA-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 095-2010-MDA-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica y el Proveido Nº 449-2010-MDA-GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su Articulo 42º que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada, cuando se efectue cualquier transferencia de

dominio de un predio, la misma debe presentarse hasta el ultimo dia habil del mes siguiente de producidos los hechos. Que, segun lo dispone el Articulo 88º del Decreto Nº 135-99-EF, que aprobo el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y modificatorias, la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar, la cual podra constituir la base para la determinacion de la obligacion tributaria. Que, el Articulo 62º del Codigo Tributario establece que la determinacion de la obligacion tributaria se inicia por acto o declaracion del deudor o por la Administracion como resultado de un MORDAZA de verificacion o fiscalizacion o denuncia de terceros. Que, el Numeral 1 del Articulo 87º del Codigo Tributario, establece como obligacion inscribirse en los registros de la Administracion Tributaria, aportando todos los datos necesarios y actualizando los mismos en la forma y dentro de los plazos establecidos. Que, a la fecha se ha constatado la existencia de contribuyentes que procedieron a transferir sus predios, pero que no han cumplido con efectuar el "descargo" del inmueble a fin de que se de baja del Sistema de Rentas, situacion que esta originando la duplicidad de cuentas y por ende un estado irreal de la cuentas generadoras de ingresos tributarios, emitiendose valores entre ordenes de pago y resoluciones de determinacion en un domicilio fiscal que no es el correcto, ocasionando con ello incluso molestias al MORDAZA propietario. Que, existen situaciones en los que pese al requerimiento realizado por la Administracion Tributaria, para que los contribuyentes presenten su Declaracion Jurada de Impuesto Predial, estos hacen caso omiso. Que, en ese sentido se hace necesario establecer las disposiciones que reglamenten la inscripcion y la baja del Registro de Contribuyentes, de los deudores tributarios que no cumplen oportunamente con las obligaciones tributarias a su cargo, permitiendo la misma depurar del Sistema de Rentas a quienes ya no tienen la calidad de contribuyentes e incorporar a quienes tienen esa calidad de acuerdo a las normas legales vigentes. Que, mediante Informe Nº 095-2010-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, opina por su procedencia, indicando que debera ser aprobada por la MORDAZA autoridad. Que, mediante Proveido Nº 449-2010-MDA/GM el Gerente Municipal, senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. Estando A Las Atribuciones Conferidas Por El Articulo 42º Y El Numeral 6 Del Articulo 20º De La Ley Nº 27972, Ley Organica De Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 002-2010MDA denominada "INSCRIPCION Y BAJA DE OFICIO DE DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL", la misma que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Articulo 2º.- DISPONER se publique el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el integro del Anexo mencionado. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Registro y Orientacion Tributaria y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 459756-2

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