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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (20/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de febrero de 2010 414306 de carácter interno con respecto al tratamiento de las donaciones, expidiéndose para ello el Decreto de Alcaldía correspondiente. Que, de conformidad por los precitados fundamentos se ha elaborado la propuesta de Directiva por la cual se señalan las normas y procedimientos internos para la aceptación y entrega de donaciones, la cual será de aplicación obligatoria para todas las unidades orgánicas que conforman la Municipalidad Distrital de Ate. Que, mediante Informe Nº 1239-2009-MDA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, opina por su procedencia, indicando que deberá ser aprobada por la máxima autoridad. Que, mediante Proveído Nº 336-2010-MDA/GM el Gerente Municipal, señala que se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 001- 2010-MDA “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACEPTACIÓN Y ENTREGA DE DONACIONES EFECTUADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE”, la misma que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- Disponer se publique el presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del anexo mencionado. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Planifi cación, Ofi cina de Racionalización y Estadística, Ofi cina de Informática y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 459756-1 Aprueban Directiva “Inscripción y Baja de Oficio de Declaración Jurada del Impuesto Predial” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 Ate, 16 de febrero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO el Informe Nº 0006-2010-MDA-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 095-2010-MDA-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 449-2010-MDA-GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su Artículo 42º que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada, cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio de un predio, la misma debe presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos. Que, según lo dispone el Artículo 88º del Decreto Nº 135-99-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado del Código Tributario y modifi catorias, la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria. Que, el Artículo 62º del Código Tributario establece que la determinación de la obligación tributaria se inicia por acto o declaración del deudor o por la Administración como resultado de un proceso de verifi cación o fi scalización o denuncia de terceros. Que, el Numeral 1 del Artículo 87º del Código Tributario, establece como obligación inscribirse en los registros de la Administración Tributaria, aportando todos los datos necesarios y actualizando los mismos en la forma y dentro de los plazos establecidos. Que, a la fecha se ha constatado la existencia de contribuyentes que procedieron a transferir sus predios, pero que no han cumplido con efectuar el “descargo” del inmueble a fin de que se dé baja del Sistema de Rentas, situación que está originando la duplicidad de cuentas y por ende un estado irreal de la cuentas generadoras de ingresos tributarios, emitiéndose valores entre órdenes de pago y resoluciones de determinación en un domicilio fiscal que no es el correcto, ocasionando con ello incluso molestias al nuevo propietario. Que, existen situaciones en los que pese al requerimiento realizado por la Administración Tributaria, para que los contribuyentes presenten su Declaraciòn Jurada de Impuesto Predial, estos hacen caso omiso. Que, en ese sentido se hace necesario establecer las disposiciones que reglamenten la inscripción y la baja del Registro de Contribuyentes, de los deudores tributarios que no cumplen oportunamente con las obligaciones tributarias a su cargo, permitiendo la misma depurar del Sistema de Rentas a quienes ya no tienen la calidad de contribuyentes e incorporar a quienes tienen esa calidad de acuerdo a las normas legales vigentes. Que, mediante Informe Nº 095-2010-MDA/OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, opina por su procedencia, indicando que deberá ser aprobada por la máxima autoridad. Que, mediante Proveído Nº 449-2010-MDA/GM el Gerente Municipal, señala que se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando A Las Atribuciones Conferidas Por El Artículo 42º Y El Numeral 6 Del Artículo 20º De La Ley Nº 27972, Ley Orgánica De Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 002-2010- MDA denominada “INSCRIPCION Y BAJA DE OFICIO DE DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL”, la misma que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- DISPONER se publique el presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del Anexo mencionado. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Registro y Orientacion Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 459756-2