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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de febrero de 2010 414290 f) Presentar periódicamente informes a la Dirección Ejecutiva respecto de la ejecución del PIMBP. g) Coordinar la atención de las solicitudes de información presentadas por las unidades orgánicas del MVCS y otras entidades públicas. h) Articular las acciones de las unidades orgánicas del PIMBP para el cumplimiento de sus metas. i) Las demás, que en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por el Director Ejecutivo. CAPITULO V ÓRGANO DE ASESORAMIENTO AREA DE GESTIÓN OPERATIVA Artículo 13º.- El Área de Gestión Operativa es la responsable de administrar, brindar apoyo en asuntos de carácter legal, de asesoría estratégica, de seguimiento y monitoreo de las distintas acciones y componentes que desarrolla el PIMBP. Está a cargo de un Responsable quien dependerá funcionalmente de la Coordinación General. Artículo 14º.- El Área de Gestión Operativa tiene las siguientes funciones: a) Administrar, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, bienes y el presupuesto del Programa en coordinación con la Ofi cina General de Administración, en adelante OGA, y la OGPP. b) Efectuar la programación de las intervenciones del PIMBP y realizar el seguimiento y monitoreo de cada uno de los proyectos de inversión que dicho programa fi nancie y/o ejecute. c) Elaborar la propuesta de planes operativos y estratégicos del PIMBP. d) Identifi car las áreas de intervención de acuerdo a los criterios establecidos en el PIMBP, en coordinación con las Unidades Zonales. e) Proponer y gestionar, conjuntamente con las unidades zonales, la formalización de los Convenios de Participación de los proyectos según la modalidad de intervención, previa coordinación con el Área de Promoción. f) Realizar el seguimiento a los Convenios de Participación suscritos por el PIMBP con las diferentes entidades públicas y privadas g) Formular el Presupuesto Anual en coordinación con las áreas técnicas del MVCS y proponerlos a la Dirección Ejecutiva. h) Efectuar el monitoreo y seguimiento, así como la sistematización de los proyectos, reportando a la Coordinación General sobre el estado de su ejecución. i) Apoyar a las áreas involucradas del MVCS en la aprobación de liquidaciones de obra, así como en la resolución de los contratos de obras y/o intervenciones en los proyectos que administra el PIMBP. j) Brindar asistencia técnica a las entidades públicas y a las organizaciones comunitarias en materia de su competencia. k) Elaborar los términos de referencia y especifi caciones técnicas para las contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios que requiera el PIMBP, así como dar trámite a los procesos de contratación respectivos. l) Custodiar y cautelar el archivo documentario. m) Atender e implementar los requerimientos y recomendaciones del Órgano de Control Institucional relacionados al PIMBP. n) Brindar asistencia legal a todos los órganos y componentes del PIMBP en la interpretación y aplicación de la normatividad, así como absolver las consultas que le sean formuladas. ñ) Elaborar y proponer proyectos de dispositivos en el ámbito de competencia del PIMBP. o) Brindar asistencia técnica a los órganos y componentes del PIMBP en la toma de decisiones estratégicas vinculadas a sus políticas de gestión y operación. p) Las demás, que en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por el Director Ejecutivo y/o la Coordinación General. Artículo 15º.- El Área de Gestión Operativa, para el cumplimiento de sus funciones, contará con equipos de trabajo en las siguientes materias: - Equipo de Trabajo en Gestión Operativa en materia de Administración. - Equipo de Trabajo en Gestión Operativa en materia Legal. - Equipo de Trabajo en Gestión Operativa en materia de Programación, Seguimiento y Evaluación. - Equipo de Trabajo en Gestión Operativa en materia de Asesoría Estratégica. CAPITULO VI ÓRGANO DE APOYO ÁREA DE PROMOCIÓN Artículo 16º.- El Área de Promoción es la responsable de coordinar, orientar y promocionar las acciones del PIMBP a nivel nacional, y promover la coparticipación de los Gobiernos Regionales y Locales así como de las Organizaciones Comunitarias en los proyectos que fi nancia. Estará a cargo de un Responsable quien dependerá funcionalmente de la Coordinación General. Artículo 17º.- El Área de Promoción tiene las siguientes funciones: a) Sensibilizar a las autoridades regionales, locales y organizaciones comunitarias respecto a las acciones del Programa. b) Promover la organización vecinal para desarrollar acciones conjuntas para el mejoramiento y seguridad de sus áreas comunes. c) Estimular los procesos de fortalecimiento de la organización social y desarrollo comunitario que aseguren su participación activa en la identifi cación, priorización, ejecución, operación, mantenimiento y seguimiento de las inversiones e intervenciones fi nanciadas por el PIMBP. d) Promover cambios individuales y grupales en la comunidad para la protección y mejoramiento del ambiente barrial, así como para garantizar la sostenibilidad de las intervenciones ejecutadas y las nuevas condiciones de vida alcanzadas. e) Brindar asistencia técnica a los Gobiernos Locales y Organizaciones Comunitarias respecto a los procedimientos de acceso y postulación al PIMBP, y a las acciones que aseguren la sostenibilidad de las intervenciones que desarrolla. f) Propiciar la concertación de acciones entre entidades públicas y privadas que coadyuven a los fi nes del PIMBP. g) Informar sobre las acciones realizadas a la Dirección Ejecutiva. h) Las demás, que en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por el Director Ejecutivo y/o la Coordinación General. CAPITULO VII ÓRGANOS DE LÍNEA UNIDADES ZONALES Artículo 18º.- Las Unidades Zonales son responsables de coordinar, ejecutar, supervisar, monitorear y evaluar todas las actividades y acciones que desarrolla el PIMBP en un área geográfi ca determinada. Cada Unidad Zonal estará a cargo de un Responsable que depende de la Coordinación General y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con las demás áreas del Programa. Artículo 19º.- Las Unidades Zonales tienen las siguientes funciones: a) Coordinar, conjuntamente con las áreas técnicas, la programación anual de sus actividades y proponerla a la Dirección Ejecutiva. b) Revisar y defi nir las coordinaciones que se efectúan con los Gobiernos Regionales y Locales así como con las Organizaciones Comunitarias, conjuntamente con el Área de Gestión Operativa. c) Identifi car las áreas de intervención de acuerdo a los criterios establecidos en el PIMBP y proponer a la Coordinación General su priorización y aprobación. d) Coordinar las acciones que el PIMBP desarrolla en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales, así como de las Empresas Prestadoras de Servicios y Organizaciones Comunitarias. e) Gestionar y elevar a la Coordinación General, propuestas para la suscripción de Convenios de Participación para cada modalidad de intervención.