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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de febrero de 2010 414832 – FOCAM contenidos en el Anexo 2 de la Resolución Ministerial Nº 081-2010-EF/15, a ser aplicados a las universidades públicas, a fi n de incorporar en la distribución a la Universidad Nacional de Cañete. Articulo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el Artículo 1° de la presente norma será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe/DGAES/DistribucionRecursos/FOCAM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 462627-1 Aprueban los índices de distribución del Canon Gasífero para el año 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 115-2010-EF/15 Lima, 27 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, crea el canon a la explotación del gas natural y condensados de gas denominado Canon Gasífero, el que benefi ciará a la circunscripción donde se encuentra ubicado geográfi camente el recurso natural; Que, el Canon Gasífero se compone del 50% del impuesto a la renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotación de gas natural, del 50% de las regalías por la explotación de tales recursos naturales, y de un porcentaje que obtiene el Estado por la explotación de estos recursos naturales proveniente de los contratos de servicios, el cual será fi jado mediante Decreto Supremo; Que, el inciso c) del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF señala que el Canon Gasífero está constituido por el 50% del Impuesto a la Renta, el 50% de las regalías provenientes de los contratos de licencia así como del 50% del valor de realización o venta descontados los costos hasta el punto de medición de la producción en los contratos de servicios, derivados de la explotación de gas natural y condensados; Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Nº 27506 modifi cado por el artículo 2º de la Ley Nº 28322, establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon; Que, mediante Decreto Supremo Nº 187-2004-EF se modifi có el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, regulando los nuevos criterios de distribución establecidos por la Ley Nº 28322; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los índices de distribución del Canon Gasífero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información estadística disponible proporcionada por el Ministerio de Energía y Minas mediante Ofi cio N° 097-2010-MEM/VME y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante Ofi cio Nº 090-2010-INEI/DTDIS; la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas procedió a efectuar los cálculos correspondientes para la determinación de los índices de distribución del Canon Gasífero provenientes de regalías y la participación del Estado en los contratos de servicios del año 2010; Que, es conveniente aprobar los índices de distribución del Canon Gasífero para el año 2010 proveniente de regalías y la participación del Estado en los contratos de servicios; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27506 y el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébense los índices de distribución del Canon Gasífero para el año 2010 proveniente de regalías y la participación del Estado en los contratos de servicios, a ser aplicados a las municipalidades provinciales y distritales y gobiernos regionales del país benefi ciados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el artículo 1° será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe/ DGAES/DistribucionRecursos/CanonGasifero. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 462627-2 PRODUCE Modifican conformación de Grupo Trabajo creado mediante R.M. N° 162- 2009-PRODUCE, modificada por R.M. N° 414-2009-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 040-2010-PRODUCE Lima, 25 de febrero del 2010 VISTOS: El Memorando Nº 0557-2010-PRODUCE/ DVP, de fecha 16 de febrero de 2010, del Despacho Viceministerial de Pesquería, así como el Informe Nº 016- 2010-PRODUCE/OGAJ-EAF, de fecha 22 de febrero de 2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Perú forma parte del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC) desde 1998, año en que fue admitido como economía miembro y siendo uno de los objetivos centrales de la política exterior del Perú, la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, es conveniente consolidar la participación peruana en el APEC, como foro orientado al fortalecimiento de la integración regional en los escenarios económico, político y cultural; Que, en el año 2008 el Perú ejerció la Presidencia del APEC, lo que implicó ser la sede de la XVI Cumbre de Líderes del APEC, así como organizar una serie de eventos y reuniones en el Perú; Que, con motivo de la XVI Cumbre de Líderes del APEC, se emitió la “Declaración de Lima”, la misma que estableció las pautas y compromisos a seguir por las economías miembros del APEC; Que, como consecuencia de la citada Reunión de Líderes, mediante Resolución Ministerial Nº 162-2009- PRODUCE, de fecha 14 de abril de 2009, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 414-2009-PRODUCE, de fecha 22 de setiembre de 2009, se conformó el Grupo de Trabajo encargado de efectuar el seguimiento a los acuerdos adoptados en la XVI Reunión de Líderes del APEC, relacionados al Sub Sector Pesquería, así como de organizar la Reunión Ministerial de los Océanos, a realizarse el presente año; Que, se ha visto por conveniente modifi car la conformación del referido Grupo de Trabajo, haciendo referencia al cargo de los funcionarios y profesionales que lo integrarán; Con el visado de los Despachos Viceministeriales de Pesquería y de MYPE e Industria, y de las Ofi cinas Generales de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 162-2009-PRODUCE, de fecha 14 de abril