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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (28/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de febrero de 2010 414845 - Sub parcela 1, con un área de 6,030.04 m2, ocupante Asociación de Vivienda Tacna. - Sub Parcela 2, con un área de 9,882.23 m2, ocupante AH Jardín Britania II etapa y otros. - Sub Parcela 3, con un área de 3,277.27 m2, ocupante CONSVIL EIRL y otros. - Sub Parcela 4, con un área de 860.46 m2, ocupante María Barbagelata Ferreyros. POR TANTO: ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA POR EL INCISO 20º DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, ASÍ MISMO EN USO DE LAS FACULTADES QUE EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DE SUELO, LE COMPETEN DE MANERA EXCLUSIVA A LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Rectifi cación de áreas conformidad a la visación de Planos Nº 011-2010- SGOPCPH-GDU-MDR, a los propietarios de derechos y acciones del predio rústico de 20,050 m2, representados por doña FLOR DE MARIA VALLADOLID ILLESCAS, correspondiente al área de terreno de 20,050.00 m2 de inscrito en la Partida Electrónica N° 11057231, constituido por el predio denominado Huerta El Pedregal, ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, la rectifi cación de independización en cuatro parcelas de acuerdo al siguiente detalle: Sub Parcela 1 Área : 6,030.04 m2 Sub Parcela 2 Área : 9,882.23 m2 Sub Parcela 3 Área : 3,277.27 m2 Sub Parcela 4 Área : 860.46 m2 Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir de la notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a la Zona Registral IX - Sede Lima - SUNARP, para efectos de la independización que se aprueba, así como a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANETTE ALVA NAVARRO Gerente de Desarrollo Urbano 461259-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Disponen y reglamentan el proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 ORDENANZA Nº 353-MSS Santiago de Surco, 25 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confi ere el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 53° establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, la Décimo Sexta disposición complementaria de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298, el Decreto Supremo N° 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF fue aprobado el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del Artículo 2° señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se defi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de Gobierno Local; Que, los Artículos 18° y 20° de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, enuncian que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, siendo el Presupuesto Participativo un proceso regulado por una norma general emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas con la fi nalidad de permitir la participación de la sociedad civil organizada en la determinación de proyectos que permitan el desarrollo del distrito y que el presente documento es un complemento cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute ordenadamente, se considera innecesaria su prepublicación; consecuentemente, la presente norma recoge, en su mayoría, aspectos regulados en los procesos de presupuesto participativo desarrollados anteriormente, por lo que, al no haber cambios sustanciales, se encuentra exceptuada su prepublicación, conforme al Artículo 14º numeral 3), acápite 3.2 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada mediante Resolución Nº 220-2009-RASS; Que, con Informe Nº 10-2010-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 011-2010- SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia de Presupuesto solicitan se inicie el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 de la Municipalidad de Santiago de Surco; Estando al Informe N° 147-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y al Acuerdo N° 001-2010- CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco y de conformidad a lo establecido en los Artículos 9°, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2011 TITULO I OBJETIVO Y FINES Artículo 1° La presente Ordenanza regula el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el Año