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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de febrero de 2010 414846 Fiscal 2011 del Distrito del Santiago de Surco, así como también reglamenta la participación de la Sociedad Civil. Artículo 2° La fi nalidad de la presente Ordenanza es generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, para planifi car identifi car y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa, al presupuesto institucional del Año Fiscal 2011. Artículo 3° Para efectos de la presente norma se entenderá que el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, estará orientado metodológicamente por las normas vigentes de la materia. Artículo 4° Para la aplicación de esta norma, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la conducción y coordinación técnica del proceso, dentro del plazo establecido por las normas de la materia. TITULO II CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 5º El presente Reglamento tiene por fi nalidad regular el proceso de formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 (PP 2011) del Distrito del Santiago de Surco, el mismo que es promovido en forma concertada por la Municipalidad Distrital, con el propósito de acordar el adecuado uso de los recursos y medios mediante la formulación concertada y priorizada de proyectos de inversión pública. Artículo 6º La presente Ordenanza tiene el siguiente marco legal: - Constitución Política del Perú. - Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. - Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley Nº 29298. - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, mediante el cual Precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo. - D S N° 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado mediante la Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01. - Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modifi catorias. - Ordenanza N° 154-MSS, que crea el Registro de Organizaciones Sociales de la Municipalidad de Santiago de Surco, y sus modifi catorias, Artículo 7º El proceso de formulación del PP 2011 se llevará a cabo bajo los principios de concertación, participación, transparencia, equidad, inclusión, atención a la población vulnerable y sostenibilidad. Artículo 8º El Monto asignado al proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 asciende a la suma de S/. 4´980,000.00 Nuevos Soles. TÍTULO III DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 9º El Alcalde y los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convocan a participar en el Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 10º El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad de Santiago de Surco. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde; los regidores y los representantes de la sociedad civil elegidos previamente para tal fi n. Artículo 11º El Equipo Técnico Municipal, tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados del Presupuesto Participativo 2011. Artículo 12º El Equipo Técnico Municipal está integrado por: a) Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. b) Gerente de Participación Vecinal. c) Gerente de Desarrollo Urbano d) Gerente de Obras Públicas. e) Subgerente de Planeamiento y Estadística. f) Subgerente de Presupuesto. g) Un representante de la Sociedad Civil, el cual es designado al inicio de los Talleres. Asimismo, para efectos de la formulación del Presupuesto Participativo 2011, se convocará a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Humano y Proyección Social y Gerencia de Educación, las cuales deberán participar en las actividades de este proceso. Artículo 13º El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2011 (CV2011), es elegido por los Agentes Participantes como parte del Taller de Formalización de Acuerdos, será conformado por los Agentes Participantes que representan a la sociedad civil, debiendo ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2011 está compuesto por 04 miembros titulares y 02 suplentes. El cargo en este comité es incompatible con la función de representante ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). El Comité de Vigilancia y Control tendrá vigencia hasta la culminación de los proyectos priorizados y ejecutados correspondientes al ejercicio fi scal para el que fueron elegidos. Su trabajo es ad-honorem, por tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Artículo 14º Son funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2011 las siguientes: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verifi cando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso. b) Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia. c) Informar al Concejo Municipal, al Consejo de Coordinación Local Distrital y otras dependencias publicas en el caso de incumplimiento de los Acuerdos. Artículo 15º El Concejo Municipal, es la instancia máxima de aprobación del Presupuesto Participativo 2011, siendo el Alcalde quien dispone la publicación de los acuerdos fi nales, así como la remisión del documento del Presupuesto Participativo 2011 a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO IV DE LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011 Artículo 16º Las fases del proceso de Presupuesto Participativo 2011, son las siguientes: 1º. Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los agentes participantes. 2º. Concertación, que comprende las actividades de identifi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los agentes participantes. 3º. Coordinación entre Niveles de gobierno, que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional y Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital. 4º. Formalización, que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo presupuesto institucional y la rendición de cuentas sobre la ejecución. Artículo 17º El proceso del Presupuesto Participativo se desarrollará según el Cronograma de Ejecución de Actividades de las fases del Proceso del Presupuesto Participativo que se adjunta como Anexo 1 a la presente Ordenanza. CAPÍTULO I DE LA PREPARACIÓN Artículo 18º La fase de Preparación del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico Municipal; en tanto que la