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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422535 Infraestructura Deportiva programada en el Plan Anual 2008, aprobada por Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM; Que, conforme al Informe Nº 024-20010-PCM/SD- AVC, corresponde que la Secretaría de Descentralización valide el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación para la transferencia de la Infraestructura deportiva a cargo del Instituto Peruano del Deporte y el Ministerio de Educación, a las Municipalidades Provinciales del Santa, San Ignacio, de Alto Amazonas y a la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora; De conformidad con las Leyes Nº 27783, Nº 27867 y Nº 28273, sus normas modifi catorias y complementarias; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por D.S. Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cumplimiento de Mecanismos de Verifi cación Declarar que los Gobiernos Locales de las Municipalidades Provinciales del Santa, San Ignacio y de Alto Amazonas, y de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, han cumplido con los Mecanismos de Verifi cación requeridos por la Directiva Nº 007-2008- PCM/SD aprobada con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 071--2008-PCM, y por tanto, están aptos para acceder a la Transferencia de la Infraestructura Deportiva que se detalla en Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Culminación de la Transferencia El Ministerio de Educación en coordinación con el Instituto Peruano del Deporte, deberá continuar con el procedimiento establecido en la Directiva Nº 007-2008-PCM/SD, a efectos de culminar y concretar la transferencia de la respectiva Infraestructura Deportiva a los Gobiernos Locales. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN ROMERO LLOCLLA Secretario de Descentralización (e) Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO Nº Departamento Gobierno Local Infraestructura Deportiva 1 Ancash Municipalidad Provincial del Santa Estadio Gómez Arellano. 2 Cajamarca Municipalidad Provincial San Ignacio Coliseo Cerrado San Ignacio. 3 La Libertad Municipalidad Distrital de Florencia de Mora Club del Pueblo Florencia de Mora. 5 Loreto Municipalidad Provincial de Alto Amazonas Coliseo Cerrado Yurima- guas. 521761-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Declaran el tercer domingo de Mayo como el “Día de Lima Provinciana y de los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales” DECRETO SUPREMO Nº 011-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, gracias al proceso migratorio se ha conformado en Lima una nueva geografía social caracterizada por la presencia masiva y decisoria de provincianos migrantes, llegados a la capital con sus propios usos, costumbres, creencias y tradiciones provenientes del Perú profundo; Que, los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales con sede en la ciudad de Lima canalizan institucionalmente esta afl uencia provinciana masiva en la capital de la República, orientándola hacia el rescate, promoción y difusión de los valores propios de la peruanidad, fortaleciendo la identidad nacional y la solidaridad; Que, al cumplirse un año de la promulgación de la Ley de Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales, mediante Decreto Supremo Nº 032-2009-PCM se declaró el día 22 de mayo como el “Día de Lima Provinciana y de los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales”; Que, resulta conveniente instituir en el calendario nacional un día feriado para conmemorar anualmente el “Día de Lima Provinciana y de los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales”; oportunidad en la que la Asociación de Clubes Departamentales del Perú (ACDP), asociación representativa de los clubes departamentales, provinciales y distritales con sede en la ciudad de Lima y los Gobiernos Regionales y Locales participantes, en coordinación con la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, desarrollarán un programa de actividades que incluirá como actividad central la realización del “Pasacalle de la Identidad Nacional”, en el que se premiará la participación artística regional más distinguida; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Declaración Declárase el tercer domingo de Mayo de cada año como el “Día de Lima Provinciana y de los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales”. Artículo 2º.- Actividades La Asociación de Clubes Departamentales del Perú (ACDP), asociación representativa de los clubes departamentales, provinciales y distritales con sede en la ciudad de Lima y los Gobiernos Regionales y Locales participantes, en coordinación con la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, organizarán el “Pasacalle de la Identidad Nacional” como actividad central del “Día de Lima Provinciana y de los Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales”, en el que se premiará la participación artística regional más distinguida. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 521894-6 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 DECRETO SUPREMO N° 155-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA