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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2010 (21/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422543 de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública N° LP-0011-2007-EM/ DEP, con fecha 14 de diciembre de 2007, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas (hoy Dirección General de Electrifi cación Rural) y el Consorcio Alfa, suscribieron el Contrato N° 07-103- EM/DEP para la ejecución de la Obra Pequeño Sistema Eléctrico Yauca del Rosario, en la provincia y departamento de Ica, por un monto de S/. 2 355 180,18 incluido el IGV y un plazo de ejecución de 210 días calendario; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recibida por la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, según consta en el Acta de Recepción de Obra de fecha 06 de noviembre de 2008 y en el Acta de Conformidad de Operación Experimental de fecha 25 de marzo de 2009; Que, mediante Resolución Directoral N° 080-09- EM/DEP de fecha 27 de abril de 2009, se aprobó la Liquidación Final del Contrato N° 07-103-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Yauca del Rosario, en la provincia y departamento de Ica, la misma que estableció un monto fi nal de contrato de S/. 2 583 859,59 incluido el IGV; Que, con Resolución Directoral Nº 084-2010-EM/DGER del 21 de abril de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Yauca del Rosario, en la provincia y departamento de Ica, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 2 836 336,94 incluido el IGV; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrifi cación Rural es competente en materia de electrifi cación rural; Que, asimismo, el artículo 18º de la citada Ley y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Yauca del Rosario, en la provincia y departamento de Ica, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008- VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007- EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Yauca del Rosario, en la provincia y departamento de Ica, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 521071-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 311-2010-MEM/DM Lima, 16 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública N° LP-0007-2007-EM/ DEP, con fecha 28 de noviembre de 2007, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas (hoy Dirección General de Electrifi cación Rural) y el Consorcio SURORIENTE suscribieron el Contrato N° 07-096-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Medio Piura – I Etapa, en la provincia y departamento de Piura, por un monto de S/. 2 138 440,04 incluidos impuestos y un plazo de ejecución de 180 días calendario; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recibida, según consta en el Acta de Recepción de Obra de fecha 20 de marzo de 2009, con la participación de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima - ELECTRONOROESTE S.A; Que, mediante Resolución Directoral N° 153-09- EM/DGER de fecha 06 de agosto de 2009, se aprobó la Liquidación Final del Contrato N° 07-096-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Medio Piura – I Etapa, en la provincia y departamento de Piura, la misma que estableció un monto fi nal de contrato de S/. 2 373 527,82 incluido el IGV; Que, con Resolución Directoral Nº 091-2010-EM/ DGER del 30 de abril de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Medio Piura – I Etapa, en la provincia y departamento de Piura, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 2 902 868,73; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrifi cación Rural es competente en materia de electrifi cación rural; Que, asimismo, el artículo 18º de la citada Ley y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Medio Piura – I Etapa, en la provincia y departamento de Piura, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima – ELECTRONOROESTE S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008-VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Medio Piura – I Etapa, en la provincia y departamento de Piura, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, a la Empresa Regional de Servicio Público