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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422541 Aprueban modificación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 155 DECRETO SUPREMO N° 044-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fi n de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, a través del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2009- EM, publicado con fecha 16 de abril de 2009, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 155, ubicado entre las provincias de Azángaro, San Antonio de Putina, Huancané y Moho del departamento de Puno, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PLUSPETROL E&P S.A., PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A., RELIANCE EXPLORATION & PRODUCTION DMCC, SUCURSAL DEL PERÚ, y SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERÚ; Que, el artículo 12° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11° de la referida Ley; Que, con fecha 31 de marzo de 2010, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 042- 2010, aprobó el Proyecto de Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 155, a fin de sustituir los Anexos A y B del referido Contrato, los cuales han sido rediseñados en coordenadas UTM y Datum WGS- 84, de conformidad con la información proporcionada por el Instituto Geográfico Nacional, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1°.- De la Aprobación de la Modifi cación del Contrato Aprobar la modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 155, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2009-EM, a fi n de sustituir los Anexos A y B, de conformidad con la información proporcionada por el Instituto Geográfi co Nacional. Artículo 2°.- De la Autorización para suscribir la Modifi cación Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PLUSPETROL E&P S.A., PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A., RELIANCE EXPLORATION & PRODUCTION DMCC, SUCURSAL DEL PERÚ, y SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERÚ, la modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 155, que se aprueba en el Artículo 1° del presente Decreto Supremo. Artículo 3°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 521894-5 Aprueban modificación al Contrato de Concesión N° 339-2009 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2010-EM Lima, 20 de julio de 2010 VISTO: El Expediente N° 14175509, sobre la solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por Duke Energy Egenor S. en C. por A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11018850 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 059-2009- EM, publicada el 02 de agosto de 2009, se otorgó a favor de Duke Energy Egenor S. en C. por A. concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, con la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Las Flores – S.E. Chilca Nueva, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente, aprobándose el Contrato de Concesión N° 339-2009; Que, con fecha 16 de abril de 2010, Duke Energy Egenor S. en C. por A. solicitó la modifi cación del Contrato de Concesión N° 339-2009, en el aspecto referido a la extensión de la Línea de Transmisión, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de un (01) tramo de la Línea de Transmisión, debido a que se tuvo que cambiar su trazo original, a fi n de ubicar algunas estructuras en una mejor posición y evitar el cruce con la Línea de Transmisión de 220 kV SE Platanal-SE Chilca de propiedad de Red de Energía del Perú, y resolver problemas de servidumbre de la indicada Línea de Transmisión, dando como resultado que la longitud de la línea de transmisión sea de 3,63 km; Que, mediante el Ofi cio Nº 3896-2009-MEM/AAE, de fecha 21 de diciembre de 2009, que contiene el Informe Nº 055-2009-MEM-AAE/RP/MM, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Plan de Manejo Ambiental de la modifi cación de la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Las Flores – S.E. Chilca Nueva; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe N° 088-2010- DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión N° 339-2009, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión N° 339-2009, en los aspectos referidos a modifi car el numeral 1.3 de la Cláusula Primera, modifi car