Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2010 (21/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422542 el numeral 5.6 e incorporar el numeral 5.7 de la Cláusula Quinta, modifi car la Cláusula Séptima, modifi car el numeral 13.1 de la Cláusula Décimo Tercera y el Anexo N° 02 relativo a la concesión defi nitiva de transmisión de la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Las Flores – S.E. Chilca Nueva, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la modifi cación al Contrato de Concesión N° 339-2009, aprobada en el artículo 1° de la presente Resolución y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen la modifi cación al Contrato de Concesión N° 339- 2009. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 521894-8 Aprueban transferencias a título gratuito de bienes que conforman sistemas eléctricos rurales a Electronoroeste S.A., ADINELSA, Electropuno S.A.A. y Electrocentro S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 309-2010-MEM/DM Lima, 16 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el 23 de abril de 2004, se suscribió el Convenio entre la Misión de Cooperación del Gran Ducado de Luxemburgo, el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú – Ecuador y la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas para la Ejecución del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Ayabaca III Etapa – I Fase; en la provincia de Ayabaca, departamento de Piura; Que, el 21 de febrero de 2005, se modifi caron las Cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima y Décimo Primera del Convenio mencionado, a fi n de precisar sus alcances; Que, previa Licitación Pública Nacional N° LPN- 0017-2004-EM/DEP, con fecha 11 de marzo de 2005, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas (hoy Dirección General de Electrifi cación Rural) y la empresa HCB Contratistas Generales S.R.L., suscribieron el Contrato N° 05-017-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Ayabaca III Etapa - I Fase, en la provincia de Ayabaca, en el departamento de Piura, por un monto de S/. 2 323 126,11 incluidos impuestos y un plazo de ejecución de 180 días calendario; Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recibida según consta en el Acta de Recepción de Obra de fecha 05 de julio de 2006 y en el Acta de Conformidad de Operación Experimental de fecha 15 de marzo de 2007; Que, mediante Resolución Directoral N° 410-06- EM/DEP de fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó la Liquidación Final del Contrato N° 05-017-EM/DEP para la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Ayabaca III Etapa - I Fase, en la provincia de Ayabaca, departamento de Piura, liquidación que arrojó un monto fi nal de contrato de S/. 2 584 531,99 incluido el IGV; Que, con Resolución Directoral Nº 046-09-EM/DGER del 04 de marzo de 2009, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Ayabaca III Etapa - I Fase, en la provincia de Ayabaca, departamento de Piura, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 3 073 188,78 correspondiendo la suma de S/. 1 637 553,80 al fi nanciamiento efectuado por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrifi cación Rural es competente en materia de electrifi cación rural; Que, asimismo, el artículo 18º de la citada Ley y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Ayabaca III Etapa - I Fase, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, corresponde efectuar la transferencia a de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima – ELECTRONOROESTE S.A., a través de la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008- VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031- 2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Ayabaca III Etapa - I Fase, en la provincia de Ayabaca, departamento de Piura, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima – ELECTRONOROESTE S.A. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste Sociedad Anónima – ELECTRONOROESTE S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 521071-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2010-MEM/DM Lima, 16 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto