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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2010 (21/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de julio de 2010 422548 DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorizar la excepción a la prohibición del ingreso de personal en el Sector Público señaladas en el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, para el nombramiento de personal de salud en las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, indicadas en el Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, en aplicación de las Leyes Nºs. 28498 y 28560, según detalle: PLIEGO/ GOBIERNO REGIONAL UNIDAD EJECUTORA PEA 15% Ley Nº 28498 PEA 15% Ley Nº 28560 Total 454 Departamento de Madre de Dios 400 Salud Madre de Dios 6 21 27 401 Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado 0 5 5 Total 6 26 32 Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 521894-7 Designan Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital Nacional Sergio E. Bernales de la Dirección de Salud V Lima Ciudad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 563-2010/MINSA Lima, 16 de julio del 2010 Visto el expediente Nº 10-051532-001 que contiene el Ofi cio Nº 926-2010-DG-HNSEB del Director General del Hospital Nacional Sergio E. Bernales de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 483-2009/ MINSA del 21 de julio de 2009, se designó al abogado Filemón Cárdenas Ramos, en el cargo de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Nivel F-3, del Hospital Nacional Sergio E. Bernales de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; Que mediante el documento de visto, el Director General del Hospital Nacional Sergio E. Bernales, solicita dar término a la designación antes señalada y propone designar al reemplazo correspondiente; Que estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario efectuar las acciones antes señaladas; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010; en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del abogado Filemón Cárdenas Ramos, en el cargo de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Nivel F-3, del Hospital Nacional Sergio E. Bernales de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Designar al abogado Ricardo Javier Flores Herrera, en el cargo de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Nivel F-3, del Hospital Nacional Sergio E. Bernales de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 520953-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran aprobada la renovación de autorización otorgada a Radio La Oroya S.A. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 446-2010-MTC/03 Lima, 14 de junio de 2010 VISTA, la solicitud registro Nº 2002-014571_4 del 30 de diciembre de 2002, presentada por la empresa RADIO LA OROYA S.A., sobre renovación de autorización de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 116-95-MTC/15.17, del 24 de marzo de 1995, se otorgó autorización por el plazo de diez (10) años, a la empresa RADIO LA OROYA S.A., para que opere una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, con vigencia hasta el 31 de marzo de 2005; Que, con solicitud registro Nº 2002-014571_4 del 30 de diciembre de 2002, la empresa RADIO LA OROYA S.A., solicitó la renovación de autorización de la estación radiodifusora en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín; Que, el procedimiento de renovación de autorización se inició el 30 de diciembre de 2002, es decir, antes de la fecha de entrada en vigencia de la Ley de Radio y Televisión, que fue el 12 de noviembre de 2004, correspondiendo que su tramitación se rija por lo establecido en el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, en virtud a lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, los artículos 201º y 205º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, señala que para obtener la renovación de la autorización del servicio de radiodifusión es necesario haber solicitado la renovación hasta el último día de vencimiento del plazo de la autorización otorgada y haber cumplido con todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demás conceptos que se adeuden al Ministerio vinculados a telecomunicaciones, o en su caso contar con fraccionamiento de pago vigente o que se encuentre suspendida la exigibilidad de las obligaciones económicas, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal; norma aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone