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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (21/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de junio de 2010 420964 BONOS SOBERANOS 12FEB2042 Cupón Fecha de Vencimiento Día Fecha de Pago Día Cupón 1 12-Ago-10 Jueves 12-Ago-10 Jueves Cupón 2 12-Feb-11 Sábado 14-Feb-11 Lunes Cupón 3 12-Ago-11 Viernes 12-Ago-11 Viernes Cupón 4 12-Feb-12 Domingo 13-Feb-12 Lunes Cupón 5 12-Ago-12 Domingo 13-Ago-12 Lunes Cupón 6 12-Feb-13 Martes 12-Feb-13 Martes Cupón 7 12-Ago-13 Lunes 12-Ago-13 Lunes Cupón 8 12-Feb-14 Miércoles 12-Feb-14 Miércoles Cupón 9 12-Ago-14 Martes 12-Ago-14 Martes Cupón 10 12-Feb-15 Jueves 12-Feb-15 Jueves Cupón 11 12-Ago-15 Miércoles 12-Ago-15 Miércoles Cupón 12 12-Feb-16 Viernes 12-Feb-16 Viernes Cupón 13 12-Ago-16 Viernes 12-Ago-16 Viernes Cupón 14 12-Feb-17 Domingo 13-Feb-17 Lunes Cupón 15 12-Ago-17 Sábado 14-Ago-17 Lunes Cupón 16 12-Feb-18 Lunes 12-Feb-18 Lunes Cupón 17 12-Ago-18 Domingo 13-Ago-18 Lunes Cupón 18 12-Feb-19 Martes 12-Feb-19 Martes Cupón 19 12-Ago-19 Lunes 12-Ago-19 Lunes Cupón 20 12-Feb-20 Miércoles 12-Feb-20 Miércoles Cupón 21 12-Ago-20 Miércoles 12-Ago-20 Miércoles Cupón 22 12-Feb-21 Viernes 12-Feb-21 Viernes Cupón 23 12-Ago-21 Jueves 12-Ago-21 Jueves Cupón 24 12-Feb-22 Sábado 14-Feb-22 Lunes Cupón 25 12-Ago-22 Viernes 12-Ago-22 Viernes Cupón 26 12-Feb-23 Domingo 13-Feb-23 Lunes Cupón 27 12-Ago-23 Sábado 14-Ago-23 Lunes Cupón 28 12-Feb-24 Lunes 12-Feb-24 Lunes Cupón 29 12-Ago-24 Lunes 12-Ago-24 Lunes Cupón 30 12-Feb-25 Miércoles 12-Feb-25 Miércoles Cupón 31 12-Ago-25 Martes 12-Ago-25 Martes Cupón 32 12-Feb-26 Jueves 12-Feb-26 Jueves Cupón 33 12-Ago-26 Miércoles 12-Ago-26 Miércoles Cupón 34 12-Feb-27 Viernes 12-Feb-27 Viernes Cupón 35 12-Ago-27 Jueves 12-Ago-27 Jueves Cupón 36 12-Feb-28 Sábado 14-Feb-28 Lunes Cupón 37 12-Ago-28 Sábado 14-Ago-28 Lunes Cupón 38 12-Feb-29 Lunes 12-Feb-29 Lunes Cupón 39 12-Ago-29 Domingo 13-Ago-29 Lunes Cupón 40 12-Feb-30 Martes 12-Feb-30 Martes Cupón 41 12-Ago-30 Lunes 12-Ago-30 Lunes Cupón 42 12-Feb-31 Miércoles 12-Feb-31 Miércoles Cupón 43 12-Ago-31 Martes 12-Ago-31 Martes Cupón 44 12-Feb-32 Jueves 12-Feb-32 Jueves Cupón 45 12-Ago-32 Jueves 12-Ago-32 Jueves Cupón 46 12-Feb-33 Sábado 14-Feb-33 Lunes Cupón 47 12-Ago-33 Viernes 12-Ago-33 Viernes Cupón 48 12-Feb-34 Domingo 13-Feb-34 Lunes Cupón 49 12-Ago-34 Sábado 14-Ago-34 Lunes Cupón 50 12-Feb-35 Lunes 12-Feb-35 Lunes Cupón 51 12-Ago-35 Domingo 13-Ago-35 Lunes Cupón 52 12-Feb-36 Martes 12-Feb-36 Martes Cupón 53 12-Ago-36 Martes 12-Ago-36 Martes Cupón 54 12-Feb-37 Jueves 12-Feb-37 Jueves Cupón 55 12-Ago-37 Miércoles 12-Ago-37 Miércoles Cupón 56 12-Feb-38 Viernes 12-Feb-38 Viernes Cupón 57 12-Ago-38 Jueves 12-Ago-38 Jueves Cupón 58 12-Feb-39 Sábado 14-Feb-39 Lunes Cupón 59 12-Ago-39 Viernes 12-Ago-39 Viernes Cupón 60 12-Feb-40 Domingo 13-Feb-40 Lunes Cupón 61 12-Ago-40 Domingo 13-Ago-40 Lunes Cupón 62 12-Feb-41 Martes 12-Feb-41 Martes Cupón 63 12-Ago-41 Lunes 12-Ago-41 Lunes Cupón 64 + Principal 12-Feb-42 Miércoles 12-Feb-42 Miércoles 509684-1 PRODUCE Otorgan permiso de pesca a persona natural para operar embarcación pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 382-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 8 de junio del 2010 Visto la Resolución Número DOS de fecha 15 de enero de 2010 y la Resolución Número TRES de fecha 15 de abril de 2010, expedidas por el Quinto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 00080-2010- PRODUCE/PP de fecha 25 de enero del 2010, la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos judiciales del Ministerio de la Producción alcanza la Resolución Número DOS de fecha 15 de enero de 2010, expedida por el Quinto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, con la cual se resuelve conceder la medida cautelar innovativa presentada por el demandante ELIAS GEREMILLAS CALDERON POLO, en consecuencia : SUSPENDASE PROVISIONALMENTE los efectos de la Resolución Vice Ministerial Nº 018-2008-PRODUCE/DVP de fecha once de enero del año dos mil ocho; y, SE ORDENA a la demandada cumpla con OTORGAR TEMPORALMENTE permiso de pesca correspondiente conforme lo establecido en la Ley Nº 26920, conforme a los términos expuesto en la Sentencia contenido en la Resolución Número seis de fecha veintisiete de agosto del dos mil nueve, mientras se resuelve el proceso principal, en consecuencia; OFICIESE al Ministerio de la Producción para que en el término de TRES DIAS de notifi cados cumplan con lo ordenado en la presente resolución, debiendo de poner en conocimiento de este Despacho su cumplimiento; Que, a través del Ofi cio Nº 542-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 28 de enero de 2010, se solicitó al referido magistrado que a fi n de cumplir con su mandato, es necesario que precise el titular del permiso de pesca, el número de matrícula y la capacidad de bodega de la embarcación; Que, el Procurador Público, a través del Memorando Nº 295-2010-PRODUCE/PP, remite copia de la Resolución Nº TRES de fecha 15 de abril de 2010, emitida por el Juez del Quinto Juzgado Permanente Especializado en lo Contencioso Administrativo, con la cual dispone RECHAZAR la solicitud de precisión formulada por el Ministerio de la Producción; Que, en tal virtud, a través del Ofi cio Nº 3022-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 25 de mayo de 2010, se solicitó al Procurador Público, que remita copia de la demanda y sentencia del proceso judicial referido a la embarcación “AUREA MARIA I”; Que, el 27 de mayo de 2010, a través del Ofi cio Nº 402-2010-PRODUCE/PP de fecha 28 de mayo de 2010, el Procurador Público remite copia de la demanda y sentencia del proceso judicial relacionado con la embarcación pesquera “AUREA MARIA I”. Asimismo informa la Procuraduría Pública que interpuso recurso de apelación contra la Sentencia, la misma que fue concedida a través de la Resolución Nº 7, la misma que se encuentra pendiente de resolver ante el superior jerárquico; Que, la medida cautelar ordena que la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, cumpla con otorgar temporalmente permiso de pesca, conforme a los términos expuestos en la Sentencia contenida en la Resolución Número seis de fecha veintisiete de agosto del dos mil nueve, mientras se resuelva el proceso principal; Que en tal virtud, y del análisis a la documentación alcanzada por el Procurador Público a través del Ofi cio Nº 402-2010-PRODUCE/PP, se advierte que la sentencia falla declarando FUNDADA la incoada de fojas dieciocho a veintiséis (...) Que, en este orden de ideas, y de la revisión a efectuada a la demanda interpuesta por ELIAS GEREMILLAS CALDERON POLO contra el Ministerio de la Producción, se advierte que la matrícula de la embarcación AUREA MARÍA I es CO-1387-CM, el destino de los recursos hidrobiológicos a extraer y su destino son anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa para consumo humano directo; Que, respecto a la capacidad de bodega de la embarcación pesquera AUREA MARIA I, en autos obra copia legalizada del Certifi cado Nacional de Arqueo de la referida embarcación, en donde se consigna su capacidad de bodega en 108.40 m3; Que, sin perjuicio de lo señalado en los párrafos precedentes, cabe mencionar que según lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado mediante