Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2010 (25/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de junio de 2010

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29545
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

6. Garantizar una correcta administracion de los bienes. Articulo 4º.- Comite de Fiscalizacion y Control Institucional El Comite de Fiscalizacion y Control Institucional realiza ad honorem las siguientes funciones: 1. Acciones de fiscalizacion y control de los gastos, inversiones y administracion de los bienes de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de Trujillo. 2. Esta facultado, bajo responsabilidad, para iniciar las acciones administrativas, civiles y penales contra los que resulten responsables de incumplir con lo establecido en el articulo 3º. Articulo 5º.- Integrantes del Comite de Fiscalizacion y Control Institucional El Comite de Fiscalizacion y Control Institucional esta integrado por las siguientes personas: 1. El Fiscal Decano de la provincia de MORDAZA, quien lo preside. 2. Un representante de la Asociacion de Padres de Familia, elegido en asamblea general, por mayoria simple, por el periodo de un (1) ano calendario. 3. Un representante de la Asociacion de ex Docentes, elegido en asamblea general, por un periodo de dos (2) anos calendario. 4. Un representante de la Asociacion de ex Alumnos, elegido en asamblea general, por un periodo de dos (2) anos calendario. 5. Un auditor designado por el Colegio de Contadores de La Libertad. 6. Un representante de la Direccion Regional de Educacion de La Libertad. Articulo 6º.- Rendicion de cuentas El Consejo de Administracion presenta en el mes de febrero de cada ano un balance anual de su gestion al Comite de Fiscalizacion y Control Institucional. El incumplimiento de lo establecido en el parrafo precedente produce la vacancia inmediata del Consejo de Administracion. Articulo 7º.- Distribucion de la renta La renta que produzcan los bienes a que se refiere la presente Ley se destina de la siguiente manera: 1. Noventa y cinco por ciento (95%) para la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de Trujillo. 2. Tres por ciento (3%) para los gastos corrientes del Consejo de Administracion. 3. Dos por ciento (2%) para los gastos corrientes del Comite de Fiscalizacion y Control Institucional. DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- Incorporacion Incorporase la presente Ley dentro de la MORDAZA disposicion complementaria de la Ley num. 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Instalacion El Consejo de Administracion de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de MORDAZA se instala, a convocatoria de su presidente, dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente Ley. SEGUNDA.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en el termino de sesenta (60) dias utiles de su entrada en vigencia. TERCERA.- Estatuto El Consejo de Administracion presenta al Ministerio de Educacion, dentro de los treinta (30) dias utiles posteriores a su instalacion, el proyecto de estatuto para su aprobacion.

LEY QUE CREA EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LOS BIENES INMUEBLES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO NACIONAL SAN MORDAZA DE MORDAZA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Crease el Consejo de Administracion de los bienes inmuebles de propiedad de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico y autonomia en el ejercicio de sus funciones. Articulo 2º.- Integrantes del Consejo de Administracion El Consejo de Administracion de los bienes inmuebles de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de MORDAZA esta integrado por las siguientes personas: 1. El Director de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de MORDAZA, quien la preside y tiene las facultades de representacion, plenamente reconocidas en la legislacion civil. 2. El Secretario General del Sindicato de Docentes o quien lo represente. 3. El Presidente de la Asociacion de Padres de Familia o quien lo represente. 4. El Presidente de la Asociacion de ex Docentes o quien lo represente. 5. El Presidente de la Asociacion de ex Alumnos o quien lo represente. 6. Un representante de la Municipalidad Provincial de Trujillo. 7. Un representante del Gobierno Regional de La Libertad. Articulo 3º.- Funciones del Consejo de Administracion El Consejo de Administracion realiza ad honorem las siguientes funciones: 1. Administrar los bienes de propiedad de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de MORDAZA de conformidad con la legislacion sobre la materia, la presente Ley y su estatuto. 2. Sanear legal y fisicamente los bienes inmuebles, los cuales son registrados a nombre de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de Trujillo. 3. Mantener un inventario actualizado de los bienes inmuebles de la Institucion Educativa Colegio Nacional San MORDAZA de Trujillo. 4. Destinar los recursos provenientes de la administracion de los bienes a la mejora de la infraestructura, la calidad educativa y la implementacion de sistemas informaticos de MORDAZA generacion, y otros fines que fija la presente Ley. 5. Realizar transacciones, operaciones inmobiliarias y financieras diversas orientadas a mejorar el patrimonio de la institucion educativa. Para realizar tales fines, se requiere de la opinion favorable del Comite de Fiscalizacion y Control Institucional.

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