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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (25/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de junio de 2010 421169 7.2 Asimismo, el RENIEC vencido cada trimestre, entrega al Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la base de datos nominal actualizada de la población de menores con Documento Nacional de Identidad (DNI). Artículo 8º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia los artículos 4º y 6º del presente decreto de urgencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 9º.- Disposición Transitoria Autorízase al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a realizar las contrataciones para el desarrollo de las funciones de Supervisión, Supervisión Específi ca y Fiscalización que resulten necesarias en el marco del artículo 4º de la Ley Nº 27699. Artículo 10º.- Suspensión Déjese en suspenso las disposiciones administrativas y fi scales generales y específi cas que limiten o impidan la aplicación del presente decreto de urgencia, incluidas aquellas vinculadas a límites fi scales. Artículo 11º.- Refrendo El presente decreto de urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economía y Finanzas, y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 511961-2 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan a la Dirección Nacional de Inteligencia a ejecutar las acciones que permitan dar cumplimiento a lo regulado en el literal m), numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 DECRETO SUPREMO Nº 070-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, se establece el marco jurídico que regula la naturaleza, funciones, organización, responsabilidades, control yfi scalización, así como las relaciones y ámbito de competencia de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, órgano rector especializado del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA; Que, el artículo 9º, numeral 9.1 de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece la prohibición de ingreso de personal en el Sector Público; exceptuando de tal medida a la Dirección Nacional de Inteligencia- DINI, conforme lo señala el literal m) del mismo artículo; Que, es necesario dotar a la Dirección Nacional de Inteligencia de los recursos humanos sufi cientes que permitan atender las crecientes amenazas y riesgos que vienen afectando la seguridad y el desarrollo del país, tales como el narcotráfi co, el terrorismo y el crimen organizado; Que, el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la citada norma señala que las excepciones a sus disposiciones se aprueban mediante decreto supremo y se sujetan a la normatividad vigente, teniendo en cuenta el Marco Macroeconómico Multianual, y con cargo al presupuesto institucional del pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y sin afectar las metas y objetivos de la entidad, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante el Informe Nº 036-2010-EF/76.19, la Dirección General del Presupuesto Público señala que en el marco de lo establecido en el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros, autorizar mediante Decreto Supremo la incorporación de los servidores planteado por la DINI; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28664 dispone que el Reglamento de Personal, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el Cuadro Nominativo de Personal (CNP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Dirección Nacional de Inteligencia se aprueban mediante Decreto Supremo de carácter secreto, atendiendo a que el uso inapropiado de la información contenida en dichos documentos puede poner en riesgo al personal y a las actividades de la Dirección Nacional de Inteligencia. El Decreto Supremo debe ponerse en conocimiento de la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República; Que, en ese contexto y bajo las condiciones mencionadas en anterior considerando por tratarse de acciones derivadas del CAP, CNP y PAP, resulta necesario autorizar a la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI a cubrir las plazas previstas en sus documentos de gestión, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, sin afectar el Marco Macroeconómico Multianual, ni conllevar mayor demanda de recursos al Estado; Con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a ley; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria; el artículo 9º, numeral 9.1 de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la norma Autorícese a la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, para ejecutar las acciones que permitan dar cumplimiento a lo regulado en el literal m), numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, con cargo a los recursos previstos en su respectivo presupuesto institucional. Artículo 2º.- Remisión a la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República Póngase en conocimiento de la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 511961-3 Aprueban Directiva “Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2010-PCM Lima, 24 de junio de 2010