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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de marzo de 2010 415188 Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 15º del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, el pago del Impuesto Predial, podrá efectuarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre. Que, el último párrafo del Artículo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus modifi catorias, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con el voto por mayoría de los señores Regidores asistentes a la sesión de fecha 27 de enero del 2010 y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL, TASA DE ARBITRIOS MUNICIPALES Y RECIBOS DE PAGO Y LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2010. Artículo 1º.- MANTÉNGASE vigente para el ejercicio fiscal 2010, las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 060-08 MCPSMH, respecto a los montos que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores (Declaración Jurada de Autoavalúo – Hoja Resumen, Predio Urbano), determinación del Impuesto Predial, incluida su distribución; así como los montos de los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de las Tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo por cada predio, incluida su distribución. Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL El plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2010 vence: - Pago al contado : 31 de marzo - Pago fraccionado : Primera cuota : 31 de marzo Segunda cuota : 31 de mayo Tercera cuota : 31 de agosto Cuarta cuota : 30 de noviembre Artículo 3º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO. La obligación de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2010 vence: Primera cuota : 31 de marzo Segunda cuota : 31 de mayo Tercera cuota : 31 de agosto Cuarta cuota : 30 de noviembre POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 464206-1 Encargan funciones de Ejecutor Coactivo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 034-2010-MCPSMH C.P. Santa María de Huachipa, 17 de febrero del 2010 VISTO: El informe Nº 023-2010/MCPSMH/GAT de fecha 12 de febrero del 2010 de la Gerencia de Administración Tributaria, y el Proveído Nº 041-2010, de fecha 15 de febrero del 2010, de la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 062-2009- MCPSMH de fecha 26 de junio del 2009 se dispone la contratación a partir del 01 de julio del 2009 del Abogado Augusto Alberto Vivar Palacios, en el cargo de Ejecutor Coactivo por el plazo de (6) seis meses, el mismo que concluyó el día 31 de diciembre del 2009. Que, con fecha 01 de enero del 2010 la Gerencia de Administración Tributaria no cuenta con Ejecutor Coactivo contratado, conforme lo dispone la Ley Nº 27204. Que, a fi n de garantizar la continuidad y normal funcionamiento de la Ejecutoría Coactiva en la Gerencia de Administración Tributaria resulta necesario tomar acciones inmediatas. Que, el Artículo 82º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, señala que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servicio. En ningún caso debe exceder el período presupuestal. Que, en uso de la facultad conferida por el Numeral 6) y 17) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ENCARGAR al Dr. SANTIAGO VLADIMIR CADENA BARRAGAN, las funciones de EJECUTOR COACTIVO, por el período comprendido del 17 de febrero al 17 de mayo del año 2010, con retención de su cargo de Auxiliar Coactivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Articulo 2°.- La Gerencia de Administración Tributaria efectuará las acciones administrativas correspondientes a fi n de que ofi cie al Banco de la Nación, Banco Central de Reserva, Entidades Bancarias y Financieras de Lima, Superintendencia de Registros Públicos, Prefectura de Lima, Ministerio Público, Poder Judicial, Comisaría del Centro Poblado Santa María de Huachipa y demás Entidades que correspondan la presente resolución. Artículo 3º .- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Sub Gerencia de Contabilidad y Recursos Humanos y la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 464204-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Convocan a elección de representantes de la Sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Pueblo Libre DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2010-MPL Pueblo Libre, 2 de marzo de 2010