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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2010 (08/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de marzo de 2010 415253 Incluir como último párrafo en la referida Sección VI el siguiente texto: “Los demás exámenes e informes que las empresas deben realizar periódicamente conforme las disposiciones vigentes de esta Superintendencia.” Artículo Quinto.- La AFP tendrá un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución, para presentar a la Superintendencia las Políticas de Inversiones que deberán ser contempladas por la propia AFP según los alcances establecidos en el Capítulo XV del Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y adecuar sus códigos de ética a las disposiciones impartidas en el precitado Capítulo XV del Título VI, debiendo los referidos códigos encontrarse a disposición de la Superintendencia, de conformidad con los lineamientos impartidos en la Resolución SBS Nº 114-2005. Artículo Sexto.- La AFP dentro de los sesenta (60) días calendario, contados a partir de entrada de la entrada en vigencia de la presente resolución, deberá tomar las acciones necesarias a efectos de cumplir con las disposiciones señaladas en el artículo 144aº del Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones. Vencido dicho plazo, dispondrá de un plazo de diez (10) días calendario para presentar a la Superintendencia un informe detallado sobre las acciones implementadas. Artículo Sétimo.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 465286-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban desafectación del Parque Nº 8 de la urbanización Las Fresas en el Cercado del Callao, asignándole la Zonificación de Zona con Usos Especiales (OU) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000012 Callao, 10 de febrero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 10 de febrero de 2010; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal a aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; asimismo, el artículo 65 faculta a las municipalidades a ceder en uso o conceder en explotación bienes de su propiedad, a favor de personas jurídicas del sector privado, a condición de que sean destinados exclusivamente a la realización de obras o servicios de interés o necesidad social y el artículo 79 inciso 1 apartado 2 establece que las Municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, se encuentran facultadas para aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000018 del 5 de octubre de 1995, aprueba el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao para el período 1995- 2010, en el cual contemplan la zonifi cación y defi ne la clasifi cación de las vías y secciones viales; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000015 de fecha 15 de setiembre de 2003, que regula el Régimen de Constitución, Clasifi cación, Atributos y Administración de los Bienes de Uso Público en la Provincia Constitucional del Callao, en su capítulo III desarrolla el procedimiento administrativo de desafectación de bienes municipales, de competencia de la Municipalidad Provincial del Callao, en el ámbito de su jurisdicción a nivel provincial; Que, mediante Expediente Nº 10922798, la Parroquia Santo Toribio de Mogrovejo a través de su administrador parroquial Reverendo Arnoldo Carranza Olivas, solicita la desafectación y cesión en uso del denominado Parque Nº 8 ubicado en la Urbanización Las Fresas, Cercado del Callao, para ser destinado a parroquia; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000044 el mismo que aprobó la desafectación del Parque Nº 8 de la Urbanización Las Fresas inscrito en la Partida Electrónica Nº 70353390, asignándole la Zonifi cación de Zona con Usos Especiales (OU), conforme al Plano P-02 que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, teniendo como antecedentes el Memorando Nº 569-2010-MPC/GGDU la Gerencia General de Desarrollo Urbano hace suyo el Informe Nº 09-2010-MPC- GGDU-GPUC, de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, asimismo, el Informe Nº 98-2010-MPC-GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando de manera favorable al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DEL PARQUE Nº 8 DE LA URBANIZACIÓN LAS FRESAS EN EL CERCADO DEL CALLAO, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DE LA REFERIDA ÁREA COMO ZONA CON USOS ESPECIALES (OU) Artículo 1º. Apruébase la desafectación del Parque Nº 8 de la Urbanización Las Fresas en el Cercado del Callao, inscrito en la Partida Electrónica Nº 70353390, asignándole la Zonifi cación de Zona con Usos Especiales (OU), conforme al Plano P-02 que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º. Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º. Modifícase el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Artículo 4º. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao