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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2010 (08/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de marzo de 2010 415249 la Facultad de Contabilidad, Auditoría y Finanzas: Doctor Adrián Flores Konja, Decano de la Facultad de Ingeniería de Sistemas e Informática: Magíster Aida Alicia Córdova Quinteros; Que, siendo la denominación correcta de Vicepresidente Administrativo en el reconocimiento de los integrantes de las Comisiones de Gobierno de una Universidad; de conformidad con la Resolución Nº 268-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir Resoluciones de trámite, dentro de sus atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; y en mérito a tales atribuciones, corrige la denominación del cargo del Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, debiendo ser reconocido como Vicepresidente Administrativo de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Único.- CORREGIR la denominación del cargo del Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, debiendo ser reconocido como Vicepresidente Administrativo de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 464851-2 Reconocen a la nueva Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 052-2010-CONAFU Lima, 12 de febrero de 2010 VISTOS: La Resolución Nº 133-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, el Ofi cio Nº 019-2009/PAP- UPeCEN recibido con fecha 09 de diciembre de 2009, el Ofi cio Nº 001-2010/PAP-UPeCEN recibido con fecha 25 de enero de 2010, Ofi cio Nº 0097-2010-CONAFU-CDAA de fecha 29 de enero de 2010, y el Acuerdo Nº 039-2010- CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 08 de febrero de 2010; y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Artículo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de Julio del 2006; Que, en el artículo 3º del Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas…”; en concordancia con el artículo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: o) Reconocer a las comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades públicas”; t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, b) Un Vicepresidente Académico, c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la Universidad según corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y fi nancieras; Que, en el artículo 20º del Reglamento, se establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, se establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, por Resolución Nº 133-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, en el artículo primero se resolvió otorgar la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Universidad Peruana del Centro, asimismo en el artículo segundo se reconoce a la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro al doctor Efraín Pedro Uribe Correa como Presidente, al magíster Telésforo Epifanio León Colonia como Vicepresidente Académico, la ingeniero Emilia Untiveros Peñaloza como Gerente General; Que, con Ofi cio Nº 019-2009/PAP-UPeCEN recibido con fecha 09 de diciembre de 2009, el Presidente de la Asociación Promotora de la Universidad Peruana del Centro, solicita realizar el cambio de los cargos de Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora, recomponiéndose de la siguiente manera: el magíster Telésforo Epifanio León Colonia como Presidente, el doctor Efraín Pedro Uribe Correa como Vicepresidente Académico y a la ingeniero Emilia Untiveros Peñaloza como Gerente General; Que, con Ofi cio Nº 001-2010/PAP-UPeCEN recibido con fecha 25 de enero de 2010, el Presidente de la Asociación Promotora de la Universidad Peruana del Centro, habiendo propuesto el cambio de cargos de la Comisión Organizadora con el Ofi cio Nº 019-2009/PAP- UPeCEN, adjunta el Ofi cio Nº 243-2009-SG/GYT de la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores en la cual manifi esta que no hay ningún Grado de Doctor en Ingeniería Química inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, por Ofi cio Nº 0097-2010-CONAFU-CDAA de fecha 29 de enero de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos del CONAFU opina que: Considerando que los tres miembros de la Comisión Organizadora ya fueron evaluados cuando se realizó la Califi cación de su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) y reuniendo los requisitos exigidos por ley el Consejero opina por la procedencia de la solicitud; Que, en sesión de fecha 08 de febrero de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 039-2010-CONAFU acordó por UNANIMIDAD de los presentes: Autorizar el cambio de cargos de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro y Reconocer a la nueva Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro integrada por el magíster Telésforo Epifanio León Colonia como Presidente, el doctor Efraín Pedro Uribe Correa como Vicepresidente Académico y a la ingeniero Emilia Untiveros Peñaloza como Gerente General; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el cambio de cargos de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Centro.