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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2010 (09/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de marzo de 2010 415283 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban Manual de Fiscalización y Supervisión RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 024-2010/APCI-DE Mirafl ores, 5 de marzo de 2010 VISTO: El Proyecto de Manual de Fiscalización y Supervisión, elaborado por la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); CONSIDERANDO: Que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es un organismo público adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores que tiene como objeto, entre otros, el control, supervisión y fi scalización de la Cooperación Internacional No Reembolsable y la correcta utilización de los recursos que reciben las organizaciones no gubernamentales de desarrollo domiciliadas en el país, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley Nº 27692 -Ley de creación de la APCI; Que la Dirección de Fiscalización y Supervisión es el órgano de línea de esta Agencia responsable de ejercer las citadas atribuciones de supervisión y fi scalización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado con el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 055-2009/APCI-DE, se aprobó el Manual de Fiscalización y Supervisión 2009, cuyo objetivo era establecer procedimientos para el desarrollo de las actividades en el marco del Plan Anual de Fiscalización 2009, por lo que su vigencia se encontraba supeditada a la ejecución del referido Plan; Que habiendo culminado la ejecución del precitado Plan es necesario que esta Agencia cuente con un marco procedimental que regule las acciones de supervisión y fi scalización que realice en lo sucesivo la Dirección de Fiscalización y Supervisión en cumplimiento de sus funciones; Que, mediante el documento de Visto, la Dirección de Fiscalización y Supervisión ha propuesto el Manual de Fiscalización y Supervisión para la aprobación correspondiente; Que el literal i) del artículo 13º del ROF de la APCI prevé que corresponde al Director Ejecutivo establecer los manuales que precisen las funciones y responsabilidades de los órganos de línea para el mejor cumplimiento de los fi nes institucionales; Que, por lo antes expuesto, resulta necesario aprobar el Manual de Fiscalización y Supervisión; Con los visados de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692 -Ley de creación de la APCI y sus normas modifi catorias, la Ley Nº 28514 -Ley que prohíbe la importación de ropa y calzado usados, el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE -que aprueba el ROF de la APCI, el Decreto Supremo Nº 024-2005-PRODUCE -que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28514. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Fiscalización y Supervisión, el mismo que como Anexo Único, en setenta y cuatro (74) folios, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 2º.- Ordenar que la Ofi cina General de Administración notifi que la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Dirección de Fiscalización y Supervisión, y a la Ofi cina de Asesoría Jurídica. Artículo 3º.- Establecer que la presente Resolución Directoral Ejecutiva y el Manual de Fiscalización y Supervisión, sean publicados en el portal institucional de la APCI: www.apci.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SÁNCHEZ Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional 465426-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Suspenden diversos procesos de licitaciones hasta que se resuelva el recurso de reconsideración presentado por Compañía Eléctrica El Platanal S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 058-2010-OS/CD Lima, 8 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 045- 2010-OS/CD, publicada el 27 de febrero de 2010, el Consejo Directivo del Organismo Regulador aprobó las Bases Integradas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Edecañete S.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-01-2009-LP; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 046- 2010-OS/CD, publicada el 27 de febrero de 2010, el Consejo Directivo del Organismo Regulador aprobó las Bases Integradas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-02-2009-LP; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 047-2010- OS/CD, publicada el 27 de febrero de 2010, el Consejo Directivo del Organismo Regulador aprobó las Bases Integradas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A., Electro Sur Este S.A.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electropuno S.A.A. y Electrosur S.A., de la Licitación ED-03-2009-LP; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 048- 2010-OS/CD, publicada el 27 de febrero de 2010, el Consejo Directivo del Organismo Regulador aprobó las Bases Integradas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Hidrandina S.A., Electronoroeste S.A., Electronorte S.A., Electrocentro S.A., y Coelvisac, Licitación DISTRILUZ;