Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2010 (27/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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los cuales Doscientos Treinta y Cinco (235) se encuentran ocupados y Quinientos Cincuenta y Dos (552) son previstos. 4. Hospital de Apoyo Rezola que consta de Quinientos Treinta y Tres (533) cargos, de los cuales Doscientos Veinte y Nueve (229) se encuentran ocupados y Trescientos Cuatro (304) son previstos. 5. Hospital Barranca - Cajatambo y Servicios Basicos de Salud que consta de Mil Ciento Veinte y Cuatro (1,124) cargos, de los cuales Doscientos Noventa y Seis (296) se encuentran ocupados y Ochocientos Veinte y Ocho (828) son previstos. 6. Hospital Chancay y Servicios Basicos de Salud que consta de Cuatrocientos Setenta y Cuatro (474) cargos, de los cuales Ciento Setenta y Ocho (178) se encuentran ocupados y Doscientos Noventa y Seis (296) son previstos. 7. Hospital Huaral y Servicios Basicos de Salud que consta de Mil Tres (1003) cargos, de los cuales Doscientos Veinte y Dos (222) se encuentran ocupados y Setecientos Ochenta y Uno (781) son previstos. Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, asimismo en un Diario de Mayor Circulacion Regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero del dos mil diez. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA G. MOSTO MORDAZA Consejero Delegado Gobierno Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de febrero del dos mil diez. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional Gobierno Regional de MORDAZA

Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y el articulo 60 de la Ley Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776; el Concejo Municipal tiene competencia para crear, modificar, suprimir o exonerar de las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias conforme a la ley; Que, la ley Nº 25307 declaro de prioritario interes nacional la labor que realizan las Organizaciones Sociales de Base en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos; Que, la Propuesta presentada por la Organizacion Distrital de los Comites del Vaso de Leche del MORDAZA, tiene por finalidad que las Organizaciones Sociales de Bases integradas principalmente por mujeres del distrito participen democraticamente en todas las instancias de los procesos de planificacion y gestion moderna de su gobierno local, por tanto es necesario dar las facilidades a estas organizaciones con la finalidad que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio beneficio y el de la comuna rimense; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley organica de Municipalidades; Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion y de lectura del Acta, por unanimidad de los miembros del Concejo; se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACION DE PAGO DE LOS COMEDORES POPULARES, CLUBES DE MADRES, COMITE DE VASO DE LECHE EN EL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE (RUOS) Articulo Primero.- EXONERESE del pago de inscripcion en el RUOS de la Municipalidad Distrital del MORDAZA a las siguientes Organizaciones Sociales de Base: · Comedores Populares · Clubes de Madres · Comite del Vaso de Leche · Todas aquellas organizaciones cuya finalidad consista en el desarrollo de actividades de apoyo alimentario a la poblacion de menores recursos al momento de registrarse en el RUOS de la Municipalidad. Articulo Segundo.- Ambito de aplicacion Se acogeran a la presente ordenanza las Organizaciones Sociales de Base del Distrito mencionado en el articulo primero de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y de forma permanente, hasta el 31 de diciembre del 2010. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Imagen Institucional y Gerencia de Participacion Vecinal su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el palacio Municipal a los veintiocho dias del mes Enero del dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Exoneran a diversas Organizaciones Sociales de Base del pago de inscripcion en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de Base (RUOS)
ORDENANZA N° 214
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 28 de enero del 2010; el Expediente Nº 4556-09 y Documento Simple Nº 158-10 presentado por la Organizacion Distrital de los Comites del Vaso de Leche del MORDAZA solicitando la exoneracion Permanente de la Tasa para la Actualizacion, Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Sociales de Base; el Memorandum Multiple Nº 01-2010/MDR-OPP de fecha 25 de enero del 2010 emitido por el Director de laOficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorandum Nº 072-2010-GPCPS-MDR de fecha 28 de Enero del 2010 emitido por el Gerente de Participacion Ciudadana y Programas Sociales; el Informe Nº 059-2010-OAJMDR de fecha 28 de Enero del 2010 emitido por el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; y,

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Otorgan Beneficio por Pronto Pago del Impuesto por Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2010
ORDENANZA Nº 217-MDR
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de Marzo del 2010; el Informe Nº 103-2010-SGATR-GRDEL-MDR de fecha 11.02.2010 del Subgerente de Administracion Tributaria y Recaudacion; el Informe Nº 094-2010-OAJ-MDR de

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