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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de marzo de 2010 416289 los cuales Doscientos Treinta y Cinco (235) se encuentran ocupados y Quinientos Cincuenta y Dos (552) son previstos. 4. Hospital de Apoyo Rezola que consta de Quinientos Treinta y Tres (533) cargos, de los cuales Doscientos Veinte y Nueve (229) se encuentran ocupados y Trescientos Cuatro (304) son previstos. 5. Hospital Barranca - Cajatambo y Servicios Básicos de Salud que consta de Mil Ciento Veinte y Cuatro (1,124) cargos, de los cuales Doscientos Noventa y Seis (296) se encuentran ocupados y Ochocientos Veinte y Ocho (828) son previstos. 6. Hospital Chancay y Servicios Básicos de Salud que consta de Cuatrocientos Setenta y Cuatro (474) cargos, de los cuales Ciento Setenta y Ocho (178) se encuentran ocupados y Doscientos Noventa y Seis (296) son previstos. 7. Hospital Huaral y Servicios Básicos de Salud que consta de Mil Tres (1003) cargos, de los cuales Doscientos Veinte y Dos (222) se encuentran ocupados y Setecientos Ochenta y Uno (781) son previstos. Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo en un Diario de Mayor Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil diez. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JOSÉ G. MOSTO FONSECA Consejero Delegado Gobierno Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil diez. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional Gobierno Regional de Lima 473845-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Exoneran a diversas Organizaciones Sociales de Base del pago de inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales de Base (RUOS) ORDENANZA N° 214 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero del 2010; el Expediente Nº 4556-09 y Documento Simple Nº 158-10 presentado por la Organización Distrital de los Comités del Vaso de Leche del Rímac solicitando la exoneración Permanente de la Tasa para la Actualización, Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Sociales de Base; el Memorándum Múltiple Nº 01-2010/MDR-OPP de fecha 25 de enero del 2010 emitido por el Director de laOfi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum Nº 072-2010-GPCPS-MDR de fecha 28 de Enero del 2010 emitido por el Gerente de Participación Ciudadana y Programas Sociales; el Informe Nº 059-2010-OAJMDR de fecha 28 de Enero del 2010 emitido por el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y el artículo 60 de la Ley Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776; el Concejo Municipal tiene competencia para crear, modifi car, suprimir o exonerar de las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias conforme a la ley; Que, la ley Nº 25307 declaro de prioritario interés nacional la labor que realizan las Organizaciones Sociales de Base en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos; Que, la Propuesta presentada por la Organización Distrital de los Comités del Vaso de Leche del Rímac, tiene por fi nalidad que las Organizaciones Sociales de Bases integradas principalmente por mujeres del distrito participen democráticamente en todas las instancias de los procesos de planifi cación y gestión moderna de su gobierno local, por tanto es necesario dar las facilidades a estas organizaciones con la fi nalidad que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio benefi cio y el de la comuna rimense; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación y de lectura del Acta, por unanimidad de los miembros del Concejo; se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACION DE PAGO DE LOS COMEDORES POPULARES, CLUBES DE MADRES, COMITE DE VASO DE LECHE EN EL REGISTRO ÙNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE (RUOS) Artículo Primero.- EXONERESE del pago de inscripción en el RUOS de la Municipalidad Distrital del Rímac a las siguientes Organizaciones Sociales de Base: • Comedores Populares • Clubes de Madres • Comité del Vaso de Leche • Todas aquellas organizaciones cuya fi nalidad consista en el desarrollo de actividades de apoyo alimentario a la población de menores recursos al momento de registrarse en el RUOS de la Municipalidad. Artículo Segundo.- Ámbito de aplicación Se acogerán a la presente ordenanza las Organizaciones Sociales de Base del Distrito mencionado en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y de forma permanente, hasta el 31 de diciembre del 2010. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Imagen Institucional y Gerencia de Participación Vecinal su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el palacio Municipal a los veintiocho días del mes Enero del dos mil diez VICTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 473204-1 Otorgan Beneficio por Pronto Pago del Impuesto por Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2010 ORDENANZA Nº 217-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del Rímac visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de Marzo del 2010; el Informe Nº 103-2010-SGATR-GRDEL-MDR de fecha 11.02.2010 del Subgerente de Administración Tributaria y Recaudación; el Informe Nº 094-2010-OAJ-MDR de