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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2010 (27/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de marzo de 2010 416283 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 564 -2010-MP-FN Lima, 26 de marzo de 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final, que dicho cuerpo normativo entrará en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales según el Calendario Ofi cial. Que, en los artículos 16º, 17 y 18º del Decreto Legislativo Nº 958, se establecieron disposiciones que el Ministerio Público debe adoptar en las causas que se tramitan bajo el régimen del Código de Procedimientos Penales durante la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal; asimismo, en la transición de los procesos en juicio oral y adecuación de denuncias y conclusión de procesos en etapa de investigación, modificándose esta última disposición por Ley Nº 28994. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009- JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, estableciéndose que la implementación del mencionado Código, entrará en vigencia en el distrito judicial de San Martín, el 01 de abril de 2010. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 242- 2007-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2007, se aprobó el Reglamento de Funciones de los Fiscales Coordinadores del Código Procesal Penal. Que, por Resolución Nº 028-2010-MP-FN-JFS, de fecha 18 de marzo de 2010 y en mérito al Acuerdo Nº 1774 de la Junta de Fiscales Supremos, se crearon fi scalías provinciales para ser implementadas en el distrito judicial de San Martín, ante la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 551-2010-MP-FN, de fecha 24 de marzo de 2010, se convierten y delimitan competencias de los despachos fiscales del precitado distrito judicial, conforme al nuevo diseño de organización fiscal, aprobado mediante Acuerdo Nº 457 de la Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004, en el marco del Decreto Legislativo Nº 958, el cual requiere de fiscales coordinadores que aseguren el proceso de implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la conducción adecuada de la gestión fiscal en el mencionado modelo. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al doctor Carlos Bedoya Casablanca, Fiscal Superior Provisional de San Martín, Distrito Judicial de San Martín, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, Provinciales Penales y Mixtas del Distrito Judicial de San Martín. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de San Martín, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 474233-7 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Arequipa y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2714-2010 Lima, 18 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. para que se le autorice la apertura de dos agencias ubicadas en los departamentos de Arequipa y Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la ofi cina especial solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B” mediante el Informe Nº 86- 2010-DSM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. la apertura de dos agencias ubicadas en: (i) Av. Daniel Alcides Carrión Nº 275, Mz. F, lote 4, Centro Poblado La Pampilla, distrito José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa; y, (ii) Av. Luna Pizarro Nº 260, 262 y 258 (interior Nº 101) distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 473560-1 Autorizan a la EDPYME Alternativa la apertura de agencia en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 2729-2010 Lima, 19 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa - EDPYME ALTERNATIVA a esta Superintendencia, para la apertura de una Agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca; y,